Isabel Celaá.
El
Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el
Real Decreto de Prescripción Enfermera. Se trata de una modificación de la
regulación vigente desde 2015 que permitirá a la profesión
dispensar medicamentos sin la autorización previa de un médico. Con el visto bueno por parte del organismo estatal -y su posterior publicación en el
Boletín Oficial del Estado-, las enfermeras podrán
vacunar y prescribir con seguridad jurídica.
Tal y como se
ha anunciado durante el Consejo de Ministros de este viernes, esta aprobación aporta una "
seguridad jurídica al manejo de medicamentos que el colectivo de Enfermería usa ya de manera habitual en su trabajo de asistencia al paciente, por ejemplo en las
vacunas" en palabras de
Isabel Celaá, portavoz del Gobierno, quien ha destacado que se trata de un
colectivo "muy cualificado" y muy demandado en Europa.
La portavoz ha detallado que se trata de "
medicamentos sujetos a prescripción médica y que se desarrollen con un marcado carácter colaborativo. Aparecerán en los protocolos y guías de práctica clínica y asistencial". Además, ha concretado que es un
acuerdo tomado con el sector.
El Real Decreto de prescripción enfermera aprobado, fruto del
acuerdo entre representantes de médicos y enfermeros, supone una modificación del artículo 3.3 y en el desarrollo de unos protocolos y guías clínicas que establezcan en qué casos puede prescribir directamente el profesional de Enfermería y cuándo necesita la supervisión del médico. En cualquier caso, se entiende que el profesional de Enfermería tiene la formación suficiente como diplomado o graduado, para prescribir determinados "medicamentos sujetos a prescripción médica" de forma autónoma.
Los pasos del Ministerio de Sanidad respecto al RD de preescripción enfermera
Tras el visto bueno del Consejo de Ministros, el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social tiene en sus manos dos importantes pasos. Uno es
fijar los nuevos protocolos y las guías de práctica clínica y asistenciales y, el otro, es establecer el
mecanismo para dispensar la acreditación previa necesaria que deberán poseer, nominalmente, cada enfermera.
Aunque en este sentido el Ministerio todavía no ha aclarado cómo se va a generar dicha acreditación, si se sabe que serán
las CCAA quienes se encarguen de forjar el derecho a prescribir por una adaptación de la norma a una sentencia del
Tribunal Constitucional. En lo que respecta a los nuevos protocolos y las guías de práctica clínica, su creación dependerá de la
Comisión Permanente de Farmacia.
Con este Real Decreto de prescripción enfermera se dan dos supuestos. Unos, en los que necesiten de valoración previa del médico pero cuya medicación la enfermera podrá ir variando a lo largo del tratamiento (como
insulina para diabéticos o la regulación de dosis de anticoagulantes) y otros que no precisan ninguna valoración anterior, como puede ser el caso de la dispensación de
vacunas o el tratamiento de pacientes con
úlceras por presión.
Ya es
oficial la publicación en el BOE del real decreto de prescripción enfermera.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.