David García. Madrid
El Congreso de los Diputados se encuentra en pleno debate parlamentario del denominado Proyecto de Ley de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, que incluirá una revisión del concepto de asegurado sanitario.
Dicha revisión ha entrado en el texto en forma de enmiendas a propuesta del PP, que deberán ser aún debatidas y probablemente aprobadas.
La modificación más importante afecta a los españoles residentes en el exterior e incluirá a los familiares de estos, aunque no sean españoles.
Luis De Guindos, ministro de Economía y Competitividad, de donde sale esta iniciativa legislativa.
|
“Los familiares de los españoles de origen retornados que se establezcan con ellos en España, y los de los pensionistas y trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia españoles de origen, residentes en el exterior, que les acompañen en sus desplazamientos temporales a España, tendrán igualmente derecho a la asistencia sanitaria en España, a través del Sistema Nacional de Salud, cuando, de acuerdo con las disposiciones de Seguridad Social española, las del Estado de procedencia o las normas o Convenios internacionales de Seguridad Social establecidos al efecto, estos familiares no tuvieran prevista esta cobertura”, dice una de las enmiendas del Grupo Popular, que aclara además quienes serán exactamente los familiares con derecho a cobertura sanitaria: el cónyuge o quien conviva con el español residente en el extranjero con una relación de afectividad análoga a la conyugal, constituyendo una pareja de hecho; los descendientes o los de su cónyuge o los de su pareja de hecho, que estén a cargo de aquella y sean menores de 26 años o mayores de dicha edad con una discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 65 por ciento.
La norma indica también que será el Instituto Nacional de la Seguridad Social el encargado de reconocer estos derechos con un documento que así lo acredite. Además, los españoles de origen retornados tendrán que justificar su condición, indica una de las enmiendas, mediante la presentación de la baja consular en el país de residencia y el certificado de empadronamiento en el municipio donde hayan fijado su residencia en nuestro país.
Estas enmiendas deberán ser debatidas primero en la Comisión de Economía y Competitividad para después ser aprobadas o rechazadas en el Pleno del Congreso.
ENLACES RELACIONADOS:
Sanidad regula la condición de asegurado a los españoles en situaciones especiales (13/03/2015)
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.