El Ministerio ha lanzado a consulta pública el proyecto, enfocado a adaptar el organismo a la normativa vigente

Sanidad ultima la reestructuración para diseñar un Ingesa 'simplificado'
Belén Hernando, directora del Ingesa.


10 may. 2022 18:20H
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El Ministerio de Sanidad ha ofrecido detalles sobre el proceso de reestructuración del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), con el que se pretende “simplificar y racionalizar” el organismo dirigido por Belén Hernando para adecuarlo a la legislación vigente tanto a nivel sanitario como de organización ministerial.

En el proyecto de real decreto mediante el que se regula la organización y funcionamiento del Ingesa, que ha sido sometido este martes a audiencia pública, Sanidad ahonda en la necesidad de revisar la estructura organizativa del instituto y la “refundición de las normas reguladoras de sus competencias” ante “los múltiples cambios legislativos producidos en los últimos tiempos”.

“La reforma normativa ha de permitir la gestión y administración de la entidad con sujeción a principios de simplificación, racionalidad, economía de costes, eficacia y eficiencia”, recoge el documento.

Centro Nacional de Dosimetría


En su conjunto, el proyecto de real decreto se estructura en tres capítulos con un total de 22 artículos, dos disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. Una de las principales novedades atañe al Centro Nacional de Dosimetría, que por primera vez se dotará de una normativa relativa a su estructura y funcionamiento.

  • El Capítulo I, que comprende 7 artículos, establece la organización y funcionamiento de los servicios centrales del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria
  • El Capítulo II con 13 artículos, regula la organización y funcionamiento de los servicios territoriales del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
  • El Capítulo III, comprende 3 artículos en los que se regulan los órganos de participación en el control y vigilancia de la gestión del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.
  • En la disposición adicional primera se establece el nivel orgánico de los puestos de trabajo.
  • La disposición adicional segunda establece los principios de la coordinación entre la Administración General del Estado y las Administraciones de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
  • En la disposición derogatoria única, se establece la derogación normativa.
  • La disposición final primera, prevé las facultades de desarrollo.
  • La disposición final segunda establece la entrada en vigor de la norma el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El presente proyecto no fue sometido a consulta pública al amparo del artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, al tratarse de una norma organizativa. No obstante, indica Sanidad, , sí se ha procedido a realizar el trámite de información pública “para obtener cuantas aportaciones se puedan hacer por personas o entidades afectadas”.
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