El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.
El
Gobierno ha eximido la compra de medicamentos contra el
coronavirus Covid-19, para los que exista una necesidad médica no cubierta, de las reglas que contempla la
Ley de Contratos del Sector Público. Esto será así hasta el 31 de diciembre de 2022, tal y como ha publicado este miércoles el Boletín Oficial del Estado (
BOE).
Se trata de una medida específica y temporal que se pone en marcha ante una situación "excepcional" y de forma inmediata, "para poder así evitar una pérdida de oportunidad para los pacientes" y poner cuanto antes estos fármacos en el mercado, para así evitar que se
retrase el acceso a los tratamientos.
"La situación de la
pandemia en nuestro país no permite cesar en las acciones para combatir la enfermedad y disminuir sus efectos,
protegiendo a los más vulnerables, procurando la mejor y rápida recuperación de los enfermos y evitando los riesgos más extremos de las consecuencias de esta enfermedad", indica la publicación del BOE, por la que se justifica la
exención de los medicamentos covid de la ley de contratos.
Las razones que justifican la
urgencia de la medida derivan de que se trata de una iniciativa necesaria para permitir el suministro de productos que permitan avanzar en la lucha contra el covid y evitar los contagios, la afección al sistema sanitario y los
fallecimientos que dicha enfermedad pueda ocasionar.
Exención de la ley de contratos para fármacos covid
Así, con efectos desde el 1 de enero de 2022 y
hasta el 31 de diciembre de 2022, podrán celebrarse en el ámbito de la Administración General del Estado, previo informe del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, acuerdos para el suministro de productos farmacéuticos autorizados bajo cualquiera de las modalidades recogidas en el real decreto por el que se aprueba el texto refundido de la
ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, para los que exista una necesidad médica no cubierta en la lucha contra el covid, sujetos a l
egislación y jurisdicción extranjeras, a los que no serán de aplicación las previsiones de la Ley de Contratos del Sector Público.
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