10 mar. 2014 11:31H
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Ricardo Martínez Platel. Madrid
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de un trabajador al considerar que la patología que padece, que ha determinado su incapacidad, no tiene su origen directo y manifiesto en el sobreesfuerzo realizado cuando desempeñaba las funciones del servicio que prestaba.
La pensión extraordinaria de jubilación o retiro viene determinada por una incapacidad derivada por accidente o enfermedad en acto de servicio o como consecuencia directa de la naturaleza del mismo. El fallo señala que la normativa recoge que, salvo que se pruebe lo contrario, el acto de servicio se presume cuando la incapacidad permanente o el fallecimiento del funcionario hayan sucedido en el lugar y tiempo de trabajo.
En el primero de los informes se explica que el paciente ingresó por cuadro de aparición súbita con horas de evolución de paresia en miembros inferiores y anestesia en "silla de montar", diagnosticándose gran hernia extruida L3-L4, por lo que fue sometido a intervención quirúrgica consistente en laminectomía, extracción de hernia y descompresión medular, causando alta hospitalaria para valoración y tratamiento en centro especializado en lesiones medulares. Lo que se llevo a cabo en el Hospital Nacional de Parapléjicos.
Así, el informe médico del centro constata que el paciente tuvo que ser ingresado para el tratamiento de una lesión de la médula espinal, teniendo antecedentes de lumbalgias leves. Según el perito, se estableció el diagnóstico, especificando que se trata de una enfermedad común, que es lo que motivó la jubilación permanente para el servicio.
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