TSJ de Madrid.
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Ricardo Martínez Platel. Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado un recurso contencioso-administrativo interpuesto por un guardia civil que recurrió una resolución en la que fue excluido de la convocatoria del concurso oposición para el ascenso al empleo de cabo.
El texto razonaba la exclusión indicando que el tribunal de selección de dicho proceso no permite hacer pruebas selectivas en su fase de oposición al estar de baja para el servicio.
Durante el periodo que el interesado estuvo en esta situación no se presentó en su Unidad de destino para solicitar a los mandos participar en los diferentes servicios que se desarrollan, y ello porque sabía que estando de baja para el servicio no estaba legalmente habilitado para la realización de ningún acto de servicio y sus superiores no lo podían autorizar.
Según la sentencia, no existe discriminación, ni trato desigual sin razón alguna, porque esta situación de baja por enfermedad es de por sí diferente a la de otros participantes en ese proceso selectivo que están de alta en el servicio, por lo que no existe diferenciación arbitraria.
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