La sentencia indica que las causas de las lesiones pueden ser varias



5 may. 2014 17:44H
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Redacción. Pamplona
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha revocado una indemnización de 250.000 euros impuesta por una juez al Servicio Navarro de Salud (SNS) a consecuencia de las lesiones y secuelas padecidas por una mujer tras dar a luz, una sentencia contra la que no cabe recurso alguno.

La sentencia estima el recurso de apelación interpuesto por la Comunidad Foral contra una sentencia de octubre de 2013 dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Pamplona, que falló a favor de la mujer. La demandante dio a luz en diciembre de 2013 y tuvo complicaciones en el parto. El fallo de 2013 consideró que "se llevó a cabo por los profesionales del SNS una incorrecta valoración de los factores de riesgo concurrentes, en concreto, el tamaño del feto y la duración excesiva del periodo expulsivo al ser superior a la recomendada por los protocolos".

Además, la sentencia señaló que "las lesiones sufridas" por la mujer fueron "de tal intensidad" que "parece difícil que puedan derivar de un parto conforme" a los protocolos establecidos. La demandante, según el fallo, dio a luz en diciembre de 2010. En cambio, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha afirmado que "no se aprecia un daño desproporcionado en el sentido establecido por la jurisprudencia, al no ser inusual, inexplicable, ni extremadamente grave". Además, indica que "las causas de las lesiones pueden ser varias", atendiendo al informe pericial de la parte demandada.

Según argumenta el fallo, "el feto, aun siendo grande, no llegó al nacer al peso que los protocolos establecen como mínimo para que venga indicada una cesárea, que es la técnica que se ha echado de menos" por la mujer que dio a luz, "aunque ni en la demanda ni en la sentencia se menciona de forma expresa".

Por otro lado, la sentencia indica que "no es de recibo la afirmación de la sentencia recurrida en el sentido de que no dar una causa concreta de las lesiones es equivalente a ser responsable de las mismas".
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