Redacción. Madrid
El Boletín Oficial del Estado ha publicado un acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, de 18 de enero de 2012, por el que se aprueba la creación del fichero de datos de carácter personal de titularidad pública de peritos.
El artículo 5.h), de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Corporaciones Profesionales, atribuye a los colegios profesionales la función de facilitar a los tribunales, conforme a las leyes, la relación de colegiados que pudieran ser requeridos para intervenir como peritos en los asuntos judiciales, o designarlos por sí mismos, según proceda.
Dado que se va a proceder a la creación de un fichero con datos de carácter personal de peritos que desean actuar fuera del ámbito territorial de su colegio profesional, esta competencia quedaría atribuida al Consejo General de Colegios de Médicos de España por el artículo 9.1.a) de la Ley anteriormente mencionada, que atribuye a los Consejos Generales las mismas funciones que a los Colegios Profesionales, en cuanto tengan ámbito o repercusión nacional.