El dictamen emitido también considera inapropiado que se permita a los profesionales colegiarse en una provincia distinta a la que ejercen su actividad



15 mar. 2014 12:04H
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Javier Leo. Madrid
El Consejo de Estado ha emitido un dictamen positivo sobre el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales que el Ministerio de Economía y Competitividad prevé aprobar en Consejo de Ministros en las próximas semanas. No obstante, el texto al que ha tenido acceso Redacción Médica hace notables observaciones a la normativa en aspectos duramente criticados por las corporaciones sanitarias, como la excesiva ‘tutelarización’ sobre sus funciones públicas o la territorialidad de los colegios.

Luis de Guindos, ministrio de Economía, y José Manuel Romay Beccaría, presidente del Consejo de Estado.

El organismo que dirige José Manuel Romay Beccaría considera “excesivo” el afán del Gobierno por tutelar las funciones de los colegios profesionales, en especial los de colegiación obligatoria, entre los que destacan los sanitarios. En concreto, el dictamen subraya que el régimen de  intervención administrativa propuesto en el anteproyecto, “si bien responde a una cierta lógica (…) está planteado de forma excesiva y potencialmente gravosa para la autonomía de la organización colegial”. Por este motivo, el Consejo solicita al Gobierno que la actividad colegial sea “controlada e intervenida por la Administración únicamente en los casos más graves y con clara determinación de los supuestos de hecho que así lo habiliten”.

En este sentido, aconsejan a Economía “delimitar con más claridad qué funciones tienen  naturaleza  pública precisando, por ejemplo, el alcance de la supuesta función pública” así como determinando “de forma mucho más detallada en qué han de consistir los indicios de inactividad o mal funcionamiento grave y reiterado de los Colegios Profesionales que afecten de forma grave y reiterada al ejercicio de las funciones públicas y de los servicios obligatorios” que pueden desencadenar en la intervención del Gobierno sobre el colegio.

No a la colegiación en cualquier provincia

Sobre la territorialidad y la premisa del anteproyecto que suprime la exigencia de que la colegiación se produzca en el territorio del domicilio principal del profesional, donde ejerce su actividad principal, el Consejo de Estado afirma que dicha medida puede acarrear “efectos perversos como la falta de un adecuado ejercicio de las potestades de control por parte de los colegios”. “Como corporaciones de Derecho público que cumplen una función de garantía social del adecuado ejercicio de las profesiones”, argumentan, “queda mejor respetada tal función si se mantiene la exigencia de ciertas condiciones de arraigo territorial que garanticen el sometimiento a la disciplina colegial”.

Este aspecto, rechazado rotundamente por la práctica totalidad de los colegios sanitarios, fue reescrito por el Gobierno en el último borrador del anteproyecto. Sin embargo, el dictamen ve insuficientes las modificaciones que obligan al profesional a incorporarse al colegio “de más intenso arraigo territorial”, ya que “dejan incólume la libertad de ejercicio ulterior en todo el territorio”. Por este motivo, el Consejo recomienda redactar de nuevo el articulado de la siguiente forma: “Cuando una profesión de colegiación obligatoria se organice por colegios territoriales, bastará la incorporación a uno solo de ellos, que será el del domicilio profesional único o principal, para ejercer en todo el territorio español”.

Más límites a las cuotas colegiales

El Consejo que preside Romay Beccaría también ve oportuno que se elimine la cuota de inscripción en colegios obligatorios para eliminar barreras a la competencia, novedad incluida en la última versión del anteproyecto, y estipula adecuado que el techo de las cuotas anuales sea de 250 euros. No obstante, pide que se especifiquen en qué casos la asamblea general del colegio puede incrementar ese máximo anual, ya que el anteproyecto especifica que puede hacerse para el “pago de las cuotas necesarias para el sostenimiento de las funciones públicas y los servicios obligatorios que ha de prestar el colegio profesional”. Un concepto demasiado ambiguo, a juico del Consejo.

Mayor importancia para la formación continuada y distinción entre ética y deontología

Otros puntos específicos sobre los que hace observaciones el Consejo de Estado son los referidos a la tarea de los colegios con la formación continuada de sus colegiados y a las especificaciones sobre la ética y deontología de sus códigos internos. Acerca del primer punto, el dictamen opina que “en el texto debería resaltarse más claramente la relevancia de algunas funciones privadas de los colegios profesionales (…) en concreto la relativa a la formación permanente de los colegiados, que únicamente de manera tangencial está mencionada en algunos apartados de la ley”.

Sobre el segundo aspecto, dada “la íntima relación entre deontología y disciplina”, ve necesario remarcar que “las normas deontológicas son de obligado cumplimiento para los colegiados, hasta el punto de que desencadenan el ejercicio de la potestad disciplinaria". Por ello, señala, "ha de suprimirse para evitar confusiones el adjetivo ‘éticas’, debiendo establecerse simplemente lo siguiente: El Código Deontológico estará compuesto por aquellas normas que el profesional debe cumplir en el ejercicio de una profesión”.

Poco tiempo para que los colegios se adapten y ninguna observación a las incompatibilidades

Por último, el extenso análisis del Consejo de Estado sobre el anteproyecto del Gobierno destaca que el plazo dado a los colegios para adaptar sus estatutos y normativa interna a la ley “se antoja breve” y recomienda “reconsiderar su ampliación”. Ninguna observación hace este organismo sobre el régimen de incompatibilidades establecidas para los representantes electos de los colegios de adscripción obligatoria con el fin de limitar su función en mutuas y sindicatos. Este punto, que ha levantado ampollas entre gran parte de los colectivos sanitarios, tampoco aparece mencionado en el voto particular emitido Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, disconforme con la 'suavidad' del resto de miembros del Consejo. Dicho voto es mucho más contundente con el Gobierno que el dictamen consensuado en lo referente a la territorialidad y a la tutela del Estado sobre los colegios de adscripción obligatoria, puntos que Herrero considera inconstitucionales tal y como están redactados en el anteproyecto.

ENLACES RELACIONADOS:

Acceda aquí al dictamen del Consejo de Estado

Economía ‘suaviza’ la Ley de Colegios Profesionales (13/11/13)

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