Ahora, la legislación sanitaria contempla esta norma y tres leyes de regulación farmacéutica



19 dic. 2014 10:19H
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Redacción. Valencia
El Pleno de las Cortes valencianas ha dado luz verde a la nueva Ley de Salud, una normativa, que se caracteriza por la simplificación del marco legal sanitario, al aglutinar siete leyes sanitarias, y que tiene entre sus principales novedades el reconocimiento como autoridad pública a los profesionales sanitarios.

De este modo, la nueva norma tiene como principales novedades el reconocimiento de estos profesionales del Sistema Valenciano de Salud  (SVS) como autoridad pública en el ejercicio de las funciones. Un cambio que supone una mayor protección legal ante una posible agresión. Y es que el hecho en cuestión es calificado como delito de atentado y no como delito de agresión, lo que supone una pena superior. 
 
En concreto, la legislación sanitaria queda reducida a dos cuerpos legislativos: la nueva Ley de Salud de la Comunidad Valenciana, y las tres leyes que regulan la ordenación y prestación farmacéutica.
 

Llombart.

"La nueva Ley de Salud establece un nuevo marco global e integrador de ordenación de la sanidad pública valenciana", ha subrayado el consejero de Sanidad de la Comunidad Valenciana, Manuel Llombart.
 
En general, la Ley se estructura en nueve títulos, en los que queda definido el SVS como organización, y se establecen las prestaciones sanitarias a las que pueden acogerse los valencianos.
 
También recoge las directrices en materia de salud pública y drogodependencias; concreta los derechos y deberes del ciudadano en el ámbito de la salud, y define la capacidad interventora de la administración sanitaria a la hora de controlar y sancionar aquellos aspectos que afectan a la salud individual y colectiva de la población. 
 
Simplificar el consentimiento informado
 

Otras novedades pasan por el refuerzo de la participación ciudadana en el SVS con la creación del Comité de Pacientes de la Comunidad, como órgano de carácter consultivo, y del Registro Autonómico de Entidades en Salud, que supondrá una herramienta para la planificación de políticas en materia de atención integral al paciente. 
 
En materia de derechos de pacientes, se simplifican los documentos del consentimiento informado respecto a la ley anterior, y se regula el consentimiento informado para menores cuando sus progenitores estén separados o divorciados. 
 
En cuanto a Salud Pública, se prevé el reconocimiento legal de las Redes de Promoción de la salud, como herramientas de intercambio de conocimiento, y aprovechamiento de experiencias y proyectos realizados en distintos ámbitos.
 
Por último, en el ámbito de las drogodependencias y otros trastornos adictivos, se contempla de forma expresa la adicción a las nuevas tecnologías, tales como teléfono móvil, Internet, videojuegos y contenidos virtuales.
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