Redacción. Mallorca
El Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) ha publicado la resolución que regula el procedimiento de integración como personal estatutario fijo del personal funcionario de cupo y zona que presta servicios en instituciones sanitarias públicas del Servicio de Salud de las Islas (Ib-Salut).
Martí Sansaloni, consejero de Salud.
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Según recoge la resolución, podrá integrarse el personal que se encuentre en alguna de estas situaciones: en servicio activo; en una situación que implique la interrupción de la relación funcionarial, con reserva del puesto de trabajo, por alguna de las causas establecidas en la legislación vigente, o bien en situación de servicios especiales; en situación de excedencia voluntaria, siempre que se den estas circunstancias: haber accedido a la situación administrativa de excedencia voluntaria desde un puesto de trabajo del Servicio de Salud y que no haya transcurrido el tiempo máximo de la excedencia prevista normativamente para cada caso.
La integración supone adquirir la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud, con nombramiento para desempeñar con carácter permanente las funciones correspondientes. En cualquier caso, el personal integrado queda vinculado a todos los efectos a su puesto de trabajo en las mismas circunstancias en que estaba hasta la fecha de la integración.
El personal integrado tendrá todos los derechos y todas las obligaciones inherentes a la categoría profesional en que quede integrado; además, se le respetará a todos los efectos la antigüedad que tuviera reconocida en la fecha de la integración y conservará los derechos y el nivel del complemento de carrera derivados de la fase extraordinaria de implantación de la carrera profesional.
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