Redacción. Oviedo
El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado una resolución en la que se regula la señalización y publicidad del cigarrillo electrónico. En la ley 28/2005, reguladora del consumo, la venta a menores y la publicidad de los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y productos similares, se introduce una modificación que obliga a disponer de carteles que informen de la prohibición del consumo del cigarrillo electrónico en los centros o dependencias en los que no esté permitido y, en su caso, de las zonas habitadas para su consumo.
Julio Bruno, director general de Salud Pública.
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Según establece el boletín, en los establecimientos en los que se vendan o suministren cigarrillos electrónicos o productos similares se instalará “en un lugar visible” un cartel en el que contenga la frase: “Prohibida la venta de dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y productos similares a menores de 18 años”.
En las zonas y salas habilitadas para el consumo del cigarrillo electrónico y productos similares de los establecimientos penitenciarios, psiquiátricos y centros residenciales de personas mayores o de personas con discapacidad, la resolución fija que deberán ser “señalizadas permanentemente con un cartel perfectamente visible antes de su entrada", en el que se contenga la frase: “Zona habilitada para el consumo de dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y productos similares”. En los centros en los que esté prohibido el consumo pero existan zonas habilitadas deberá haber un cartel que informe, con la frase: “Prohibido el consumo de dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y productos similares, excepto en las zonas habilitadas”.
En los centros o dependencias en las que existen prohibición legal de su consumo deberá colocarse en la entrada un cartel en el que se especifique la frase: “Prohibido el consumo de dispositivos susceptibles de liberación de nicotina y productos similares”. En los espacios al aire libre en los que esté prohibido su consumo deberá señalizarse su prohibición con los carteles previstos.
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