7 feb. 2015 12:59H
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Redacción. Zaragoza
El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, se ha mostrado favorable a la creación de plazas de plantilla en el Servicio Aragonés de Salud (Salud), si procede, tras analizar los actuales contratos eventuales de médicos especialistas.
En concreto, ha sugerido al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia de la comunidad que analice los citados contratos y si concluye que hay que transformarlos en plazas estructurales, proceda a su provisión a través de los cauces establecidos, "permitiendo así la consagración de los principios de igualdad, mérito y capacidad que deben regir en el acceso al empleo público".
Así se ha manifestado tras recibir una queja el pasado 7 de mayo de CESM Aragón, en la que esta organización ha advertido de que "actualmente se están incumpliendo las normas de contratación estatales y autonómicas" en contratación de facultativos especialistas de área porque "las plazas vacantes que se generan en las plantillas de los hospitales no se están cubriendo por personal interino".
Además, los períodos de vacaciones, permisos y otras ausencias de carácter temporal que comportan la reserva de la plaza "no se están contratando mediante nombramiento de sustitución" y existe "un abuso constatable en la contratación de facultativos especialistas de área para el desempeño de funciones que corresponden a personal de plantilla".
Como ejemplo, CESM Aragón, ha indicado que en el Hospital Miguel Servet de Zaragoza había a fecha de 1 marzo de 2014 más de 200 contratos de eventuales.
Esta organización también ha trasladado al Justicia que "no se está respetando el Estatuto Marco" ya que para la selección de personal de carácter temporal establece que "se efectuará a través de procedimientos que permitan la máxima agilidad" y que se basen en los principios de igualdad, mérito, capacidad, competencia y publicidad, además de que serán establecidos "previa negociación en las mesas correspondientes".
Sin embargo, en la actualidad, "hay supuestos de concatenación de contratos eventuales que se remontan a más de diez años en una misma persona que no han sido convocados atendiendo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad".
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