Irene Montero, Ione Belarra y Pedro Sánchez.
El
Ministerio de Igualdad envió esta semana una
carta a las comunidades autónomas para exigirles que aplicaran a la mayor brevedad posible lo que contempla la
nueva reforma de la ley del aborto. Según fuentes del citado ministerio, “el principal avance de esta Ley es la
garantía de la interrupción voluntaria del embarazo en la sanidad pública y cerca del domicilio de las mujeres”. Sin embargo, esta afirmación dista de la realidad contenida en dicha reforma, y así lo confirman también fuentes del grupo parlamentario del PSOE, socio de Gobierno de Podemos: “La Ley dice que la prestación tiene que ser
gratuita y pública, se hará
en hospitales públicos o en clínicas que tengan concierto público”.
Es decir, tal y como desveló este periódico y contrario al mensaje emitido por el ministerio que dirige
Irene Montero,
la reforma del aborto no obliga a que toda mujer deba y pueda abortar en la sanidad pública, ni a que todo hospital público tenga que
garantizar médicos que practiquen abortos, dos máximas que Montero prometió durante toda la tramitación de la reforma.
“El Ministerio de Igualdad, con estas cartas, quiere instar también a que todas las comunidades autónomas den los pasos necesarios para
garantizar que haya médicos y médicas no objetores en todos los hospitales públicos, incluyendo si es necesario la contratación de médicos y médicas”, explican desde Igualdad. Sin embargo, este hecho que parece inherente a lo dictado en la reforma del aborto
no va más allá de un deseo, pues la ley no obliga a ello. De hecho, fuentes socialistas explican a
Redacción Médica que
“las competencias sanitarias las tienen las comunidades autónomas”. “El servicio está en la cartera y tienen que ponerlo al servicio de las mujeres como dice el Estado,
pero de qué manera depende de las comunidades autónomas”, añaden desde el partido que controla el Ministerio de Sanidad.
En este sentido, desde el PSOE recuerdan que
“lo importante es que la prestación es gratuita para las mujeres y que se dota a los hospitales públicos de los recursos suficientes para que puedan hacerlo ahí”. “Lo que sí ha hecho la Ley para que esto sea así es
gestionar con los listados de los objetores de conciencia la reorganización del servicio
en caso de que la comunidad autónoma lo quiera”, aclaran.
Una realidad disonante con los esfuerzos retóricos de la ministra Montero, que en diversas comparecencias insiste en la idea de que todo hospital público tiene la obligación de garantizar las interrupciones voluntarias del embarazo con recursos propios.
Fuentes dependientes de Igualdad también desmienten la obligación
Sin embargo, las matizaciones del PSOE a la reforma del aborto
sí van en consonancia con lo explicado por el Instituto de las Mujeres (organismo dependiente del Ministerio de Igualdad) a
Redacción Médica. Y es que como publicó este periódico, dicha institución matizó que la citada reforma de la interrupción voluntaria del embarazo
no obliga a que todo hospital público practique abortos sino a que se garantice el acceso a abortar con recursos públicos.
Un hecho que queda patente en la ley, cuyo punto cinco del artículo 19 manifiesta sin dejar lugar a la duda: “Si, excepcionalmente, la administración pública sanitaria no pudiera facilitar en tiempo la prestación,
las autoridades sanitarias reconocerán a la mujer embarazada el derecho a acudir a cualquier centro acreditado en el territorio nacional, con el compromiso escrito de
asumir directamente el abono de la prestación. En este supuesto, las autoridades competentes de las comunidades autónomas o del Estado asumirán también los gastos devengados por la mujer, hasta el límite que éstas determinen”.
Este periódico se ha puesto en contacto con el Ministerio de Igualdad para conocer con mayor detalle el motivo de que se afirme una garantía no incluida en la ley, sin que a cierre de esta edición se haya recibido respuesta.
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