Redacción. Madrid
El Ministerio de Presidencia, a través del Boletín Oficial del Estado (BOE), ha publicado la orden por la cual el Gobierno permitirá a la sanidad privada el acceso a los registros del Índice Nacional de Defunciones con el fin de proveerse de datos sobre el estado vital de los ciudadanos, los sistemas de información utilizados para la gestión de pacientes, la gestión y el control sanitario, para el mantenimiento de registros de enfermedades, la vigilancia en salud pública, la obtención de estadísticas y para la ejecución de estudios epidemiológicos o de investigación sanitaria.
Soraya Sáenz de Santamaría, vicepresidenta del Gobierno. |
A propuesta de los ministerios de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Justicia y Economía y Competitividad, con la aprobación previa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la consulta a las comunidades autónomas, el Gobierno ha modificado la Orden de 25 de febrero de 2000, por la que se crea y regula dicho índice, eliminando la limitación respecto de las entidades a las que se podía conceder acceso a consultar sus datos, debiendo ser todas ellas de carácter público, hasta ahora.
El desarrollo y evolución en el uso del Índice y las necesidades expresadas por parte de hospitales y centros asistenciales privados de poder acceder al mismo, han sido valoradas positivamente por el Comité de seguimiento del Índice Nacional de Defunciones que, de acuerdo con el Ejecutivo, ha determinado que estos usos resultan de interés común a todos los centros asistenciales, con independencia de su titularidad pública o privada, para que todos ellos puedan beneficiarse de los servicios que ofrece este registro.