Jesús Aguilar, presidente del Cgcof.
Los n
uevos estatutos del
Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos (Cgcof) están a un paso de su ratificación definitiva tras someterlos el Ministerio de Sanidad al trámite de audiencia pública, mediante el que se incorporarán las últimas aportaciones de los agentes interesados. Este código, al que la organización de Jesús Aguilar aprobó a nivel interno hace ya tres años, adapta la estructura y funcionamiento de la misma al marco normativo nacional, lo que permitirá dotarla de mayor agilidad, eficacia y seguridad jurídica.
Fue concretamente en diciembre de 2021 cuando la Asamblea de Presidentes del
Cgcof dio luz verde a los nuevos estatutos para remitirlos al Ministerio de Sanidad. Según informó el Consejo, el objetivo no era otro que adaptarse “a la
realidad autonómica y profesional actual”. De hecho, la organización farmacéutica viene rigiéndose por una orden de 1934 del Ministerio de Trabajo, Sanidad y Previsión; y por otra de 1957 por la que se aprueba su reglamento (con posteriores modificaciones).
En el proyecto de Real Decreto que se somete desde este martes a audiencia pública se especifica que los
estatutos del Cgcof “regulan la naturaleza y funciones del Consejo General”, órgano que representa y coordina a todos los colegios oficiales españoles. La meta, añade, es
“modernizar” su marco jurídico “adaptándolo a las modificaciones incorporadas a la
Ley 2/1974 (de colegios profesionales), la
17/2009 (sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio) y la
25/2009 (de modificación de diversas normas para la adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio).
Funciones del Consejo de Farmacéuticos
Los nuevos estatutos del Ccgof constarán de
32 artículos distribuidos en
cuatro capítulos. Según se indica en el texto, el Cgcof es una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad “que integra, coordina y representa a todos los colegios de farmacéuticos de España”; y se relaciona con la Administración General del Estado (AGE) a través del Ministerio de Sanidad.
El Cgcof seguirá ejerciendo, dentro de su competencia, “todas las funciones que le atribuye la Ley 2/1974 y el resto del ordenamiento jurídico aplicable, y le corresponderá entre otras funciones la representación “unitaria de la profesión farmacéutica y su
organización colegial” ante las administraciones públicas; elaborar y aprobar los
estatutos y el código deontológico; acordar directrices generales en materias de interés común para la organización de los colegios y elaborar presupuestos y otros reglamentos de régimen interno.
Informes pendientes de los estatutos del Cgcof
Dado que este proyecto de Real Decreto es de carácter organizativo y
no tiene un impacto económico significativo, el Gobierno prescindió de la consulta pública previa. No obstante, sí se recabará la opinión de agentes afectados o interesados a través del trámite de audiencia pública.
Según consta en el documento que ha hecho público este martes, están pendientes de recabar informes de las secretarías técnicas de Sanidad, Ciencia, Economía Derechos Sociales, Política Territorial y Presidencia. Asimismo, se recabarán estudios de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), el Consejo de Consumidores y Usuarios, Ceuta y Melilla y el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS).
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