Detalle de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid.
7 jun. 2022 8:50H
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POR MARÍA TERESA FERNÁNDEZ
El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una enfermera a percibir los trienios pasados tras ascender desde la categoría C2, como Auxiliar de Enfermería, a la categoría de Enfermería, asignada a A2. Tras un recurso presentado por el servicio de salud regional el Tribunal ha fallado a favor de la sanitaria, desestimando el recurso del servicio sanitario y reconociendo así el nivel de la enfermera.
Siguiendo la sentencia, la enfermera recurrió una resolución del director Gerente de Distrito Huelva Costa Condado Campiña, fallado en 2019. En este primer proceso, se reconocía el derecho de la profesional a percibir el importe de los trienios por el puesto que realmente desempeñaba desde 2006 como enfermera.
Así, hasta el momento, la profesional sanitaria seguía percibiendo los trienios como trabajadora del grupo C2 correspondiente a Auxiliar de Enfermería. La resolución estimaba también la retribución de sus complementos en los últimos cuatro años.
Personal estatutario fijo con plaza en propiedad
Así, ante esta resolución, el servicio sanitario andaluz interpuso un recurso de casación, ahora desestimado, alegando que no debía percibir los trienios por encontrarse en régimen de promoción interna temporal. Pese a la postura del servicio sanitario, el Tribunal Supremo ha reconocido la solicitud de la enfermera al alegar que su reclamación se limita a los cuatro años tras ascender de categoría, en concreto desde que fue nombrada personal estatutario fijo con plaza en propiedad el día 5 de abril de 2019.
En este punto, el Tribunal subraya que la demandante hizo su reclamación el 4 de junio de 2019, cuando ya había sido designada en la categoría superior, pudiendo así calcular los trienios por la cuantía correspondiente a la nueva categoría a partir del momento de su adquisición y en el futuro.
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