¿Qué tareas realiza un médico de guardia?


La función de un médico de urgencias será tanto la de mantener la asistencia sanitaria de los pacientes internados, como la de atender demandas externas de carácter emergente o urgente. Aunque tienen diferentes tareas a realizar y se pueden desgranar en los siguioentes puntos:
  • Prestar asistencia sanitaria a todos los pacientes que acudan al servicio de urgencias del hospital, con los medios disponibles a su alcance, colaborando con el resto de los servicios hospitalarios en la atención de la urgencia.
  • Decidir el ingreso de los pacientes en el hospital cuando su situación clínica así lo aconseje, de acuerdo con el procedimiento establecido en cada centro.
  • Dar el alta al paciente desde el servicio de urgencia una vez atendido y con el informe clínico correspondiente.
  • Informar al paciente y/o, en su caso, a sus familiares de su proceso clínico, exploraciones complementarias, tratamiento y actuaciones previstas así como de otros aspectos que afecten a la evolución del proceso.
  • Decidir y organizar, en condiciones idóneas, el traslado de los pacientes que lo precisen, desde el servicio de urgencias a otros hospitales con mayor cartera de servicios o cuando las circunstancias asistenciales lo aconsejen.
  • Hacer los informes establecidos por la normativa legal vigente, en los casos que corresponda.
  • Supervisar el desarrollo del proceso asistencial y formativo del personal a su cargo.
  • Gestionar adecuadamente los recursos asignados en aras de una mayor efectividad y eficiencia.
  • Participar en el desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información del centro y los relacionados con su actividad.
  • Participar en los programas de investigación, en el plan de formación y en las actividades de mejora de la calidad propias de su especialidad.
  • Cooperación y coordinación con el resto de los dispositivos de atención a la asistencia sanitaria urgente.

¿Existe una ley que regule las funciones de un médico de guardia?


Las funciones del médico de urgencias hospitalarias están reguladas en el Real Decreto 866/2001, de 20 de julio, por el que se crean las categorías y modalidades de médicos de urgencia hospitalaria y de médicos de admisión y documentación clínica en el ámbito de las instituciones sanitarias del INSALUD. Así, esta norma dedica íntegramente su artículo 2 a enumerar las tareas que corresponden a estos profesionales una vez hayan superado la correspondiente oposición y se incorporen a su plaza.

¿Las funciones de los médicos de guardia son las iguales en todos los hospitales?


Pueden concretarse en otras normas más específicas para desarrollar las funciones del médico de guardia. Así, es habitual que existan manuales y protocolos hospitalarios de uso interno en los distintos centros, que regulan con detalle el trabajo en urgencias. Además, las comunidades autónomas también pueden dictar su propia normativa en este sentido, aunque suelen recoger funciones muy similares a las del Decreto estatal. Por ejemplo, el Decreto 290/2001, de 31 de octubre, por el que se crea la categoría de médico de urgencias hospitalarias en el SERGAS.
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