Una de las premisas de la
libertad se encuentra en la
capacidad de elegir, sin ella nos encontramos cautivos de quienes deciden por nosotros, en todos los órdenes de la vida, y desde luego la sanidad no es precisamente una excepción.
Elegir en sanidad debería significar tener la capacidad no solo de seleccionar aquel centro, servicio o profesional que más confianza y credibilidad nos ofrezca en base a nuestros propios criterios o en base a indicadores previamente establecidos y aceptados, sino elegir aquello que consideramos que es
mejor en cuanto a aseguramiento y provisión. En nuestro país los funcionarios de la administración pública central adscritos al sistema de
mutualismo administrativo año tras año eligen qué tipo de
oferta aseguradora y asistencial desean, pública o privada, siendo
la privada la más solicitada una vez que el 84 por ciento se decantan sistemáticamente
por ella según figura en los
datos del informe 'Sanidad Privada. Aportando Valor 2018'.
"Libertad de elección es un concepto que va ligado a la propia competencia intercentros, un aspecto que es idiosincrático al sector sanitario privado"
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En este tiempo que nos corresponde vivir cada vez escuchamos y leemos más acerca del
nuevo modelo sanitario con el que ya convivimos de una forma incipiente, un modelo en el que la personalización está adquiriendo una mayor impronta, el carácter predictivo a través de los resultados que ofrecen tanto la
inteligencia artificial como la ciencia de los datos está significando ya un revulsivo en el concepto de enfermedad y su abordaje, el hecho de que
el paciente participe cada vez con mayor énfasis en la gestión corresponsable de su propia salud se traduce en una mayor implicación directa y en una demanda de mayor libertad a la hora de tomar decisiones sustentadas en información accesible, transparente, rigurosa y fluida relacionada con su propio proceso y con la oferta, la capacidad del sistema, el acceso, la equidad, los
resultados de salud y la disponibilidad que es capaz de asumir y ofrecer el propio modelo asistencial en relación con su problema.
Como apunta el preámbulo primero de la
Ley de Libertad de Elección en la Sanidad de la Comunidad de Madrid: “La libertad de elección fortalece la capacidad de los ciudadanos para participar realmente en la toma de decisiones relacionadas con su salud, al permitirles poner de manifiesto sus preferencias de manera directa y continuada; al mismo tiempo, la libertad de elección facilita a los responsables de los
servicios públicos sanitarios el acceso inmediato a la percepción que tienen los pacientes de la calidad de la atención sanitaria, proporcionando así una información relevante y de gran utilidad para gestionar los recursos bajo los principios de eficiencia y equidad. La libertad de elección de médico se configura como un elemento fundamental de la
relación entre el paciente y su médico”.
En el entorno público de nuestra sanidad todavía se constatan
barreras de carácter administrativo, logístico e incluso de organización territorial que dificultan la libre elección de hospital, centro de salud o profesional dentro de algunos territorios. De hecho, hace relativamente poco, algo más de un año, el Instituto Coordenadas de la Gobernanza afirmaba en un estudio realizado al efecto que
el 55,5 por ciento de la población en España no disponía de esta libertad estando repartido este porcentaje en 11 comunidades autónomas y tan solo 6 disponían de acceso real a la libre elección sanitaria.
La libre elección significa no tener al ciudadano, al paciente, encorsetado dentro de un sistema poco flexible que plantea dificultades a la hora de ofertarle equitativamente en todos los territorios este principio básico que emana de la propia
Ley General de Sanidad y que de alguna forma refuerza al menos en parte la posterior
Ley de Autonomía del Paciente la cual en su artículo 3 del capítulo primero define “libre elección como la facultad del paciente o usuario de optar, libre y voluntariamente, entre dos o más alternativas asistenciales, entre varios facultativos o entre centros asistenciales, en los términos y condiciones que establezcan los servicios de salud competentes, en cada caso”.
Libertad de elección es un concepto que va ligado a la propia
competencia intercentros, un aspecto que es idiosincrático al
sector sanitario privado una vez que en él la libertad de tránsito y elección que ejercen los pacientes y ciudadanos que utilizan sus servicios es fehaciente y se corresponde con la
experiencia individual y percepción que adquieren en el contacto con el sistema (
experiencia de paciente) o que generan en base a las referencias que adquieren dentro de su propio entorno.