Redacción. Barcelona
La Sindicatura de Cuentas ha detectado irregularidades en las cuentas de 2011 del Consorcio Mar Parque de Salud de Barcelona (CMPS) --integrado por el Ayuntamiento y la Generalitat--, entre las que destacan la "inexistencia de un órgano de control económico y financiero interno" para llevar a cabo las contrataciones.
Joan Ignasi Puigdollers, síndico.
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El informe de fiscalización señala que en 2011 "algunos proveedores facturaron al Consorcio importes superiores a los gastos que les habían sido adjudicados por la compra de diferentes servicios y suministros" porque la entidad no tenía implementado un procedimiento para hacer el seguimiento del gasto vinculado a los contratos adjudicados. Además, descubre que el consorcio adjudicó diferentes contratos de suministros y de servicios "por el procedimiento negociado sin publicidad, aduciendo razones de especificidad técnica, sin que estuviera suficientemente justificada la imposibilidad de promover la concurrencia de otros licitadores".
Otra de las irregularidades detectadas es que el saldo deudor por prestación de servicios al Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) al cierre del ejercicio 2011 era de 80,94 millones de euros, pero "estaba sobrevalorado en 55,60 millones, dado que correspondía a ingresos por aportaciones y subvenciones que no constaban como obligaciones recogidas en el presupuesto de gastos".
El informe subraya que los ingresos del ejercicio también estaban sobrevalorados en 29 millones, y critica que, "dada la situación económica de la sociedad vinculada CRC-Mar SA, que presentó concurso de acreedores, debería haber efectuado las correcciones valorativas por deterioro de los créditos de dudoso cobro y registrado una gasto equivalente, al menos, al importe del saldo deudor neto con CRC-Mar SA".
Sobre las obras del Servicio de Neuroangiografía del Hospital del Mar, "no hay constancia del procedimiento utilizado para adjudicar la redacción del proyecto a la empresa adjudicataria", a la que se encargaron también varios contratos menores que, dado el importe global de contratación, hubieran requerido la convocatoria de los procedimientos previstos en la normativa. El documento alerta de que "los criterios de adjudicación de las obras, con preeminencia del precio y los plazos de ejecución, no se corresponden con la demora y el coste final de los trabajos", y critica el sistema de pago de indemnizaciones.
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