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7 abr. 2020 10:28H
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MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la orden SND/325/2020, firmada por el ministro de Sanidad, Salvador Illa, por la que se prórroga durante 30 días de la validez de los certificados expedidos en el ámbito de la seguridad industrial.

En concreto, según señala el texto aprobado, los certificados expedidos con base en las verificaciones o mantenimientos periódicos de la reglamentación de seguridad industrial, cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados hasta los 30 días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.

Del mismo modo, los certificados expedidos por los organismos designados para efectuar el control metrológico del Estado, cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán también automáticamente prorrogados hasta los treinta días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.

Con esta orden se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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