TOLEDO, 6 (EUROPA PRESS)
La Consejería de Sanidad ha resuelto levantar las medidas especiales en materia de salud pública para la contención de la expansión del Covid-19 en la provincia de Toledo, adoptadas el pasado 21 de septiembre, en concreto en aquellos municipios incluidos en la Gerencia de Atención Primaria de Toledo y en los municipios incluidos en la Gerencia de Atención Integrada de Alcázar de San Juan pertenecientes a la provincia de Toledo y que no tienen medidas específicas. Mientras, por el contrario, ha prorrogado las que afectan a Cebolla, Valmojado y La Puebla de Montalbán.
De este modo, pueden restablecer su actividad los negocios de restauración objeto de las medidas, y proceder los distintos ayuntamientos de las localidades que no estén afectadas por otra resolución de medidas especiales a la reapertura de las instalaciones clausuradas y reinicio de las actividades suspendidas cautelarmente, según ha informado la Junta en nota de prensa.
En el caso de Cebolla y Valmojado, se dejan sin efecto las medidas de nivel 3 incluidas en las resoluciones del pasado 22 de septiembre de 2020 y se adoptan nuevas medidas específicas contempladas en el protocolo actualizado de la Consejería de Sanidad.
Entre otras, se establece el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales. Asimismo, se suprime el servicio de barra en todos los bares, restaurantes y otros establecimientos de hostelería de la localidad, reduciendo además el aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad al 30% del máximo que tuvieran establecido previamente. Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones o bautizos tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado.
En lo que se refiere a los centros sociosanitarios, se establece la suspensión cautelar de la actividad de los centros de día, así como la supresión de visitas sociales en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables, limitando a lo estrictamente necesario la entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos. No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor, y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso, deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días.
Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. Además, se restringe a un máximo de 10 el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres y a un máximo de 25 en eventos sociales tales como bodas y bautizos.
Además, se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. Se suspenden las actividades colectivas de ocio y la actividad de las escuelas municipales, así como el cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, y de bibliotecas y museos.
En el caso de los hoteles, estos solo podrán contratar el 60% de su capacidad, y el uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 30%.
El aforo máximo en las instalaciones deportivas será del 30% en espacios interiores y del 50% en espacios exteriores. Se establece el cierre de las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para su uso recreativo público independientemente de su titularidad. Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad.
Suspensión de mercadillos y mercados al aire libre, si bien se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad. Se establece asimismo el cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22.00 y las 8.00 horas.
En las tiendas y demás establecimientos comerciales se extremarán las medidas higiénicosanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
LA PUEBLA DE MONTALBÁN
En el caso de La Puebla de Montalbán, se ha resuelto dejar sin efecto la Resolución de fecha 22 de septiembre de 2020, que establecía medidas de nivel 2, y adoptar las medidas específicas contempladas en protocolo actualizado.
Así, se establece el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales. Se suprime también el servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente. Asimismo, las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% que tuvieran establecido previamente.
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones o bautizos tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado.
En el ámbito de los centros sociosanitarios, se suspende de forma cautelar la actividad de los centros de día y se suprimen las visitas sociales en residencias de mayores, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables, limitándose a lo estrictamente necesario la entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos.
No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor y al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días.
Por su parte, se establece que todas las celebraciones religiosas limitarán su aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. Además, se restringe a un máximo de 10 el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres y a un máximo de 25 el número de personas en eventos sociales como bodas y bautizos.
Además, se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. Se suspenden las actividades colectivas de ocio y también la de las escuelas municipales y eventos deportivos y culturales, así como el cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, así como de bibliotecas y museos.
Los hoteles solo podrán contratar el 75% de su capacidad, y el uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
Asimismo, se establece el cierre de las piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para su uso recreativo público, independientemente de su titularidad. Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad.
También se decreta la suspensión de mercadillos y mercados al aire libre, salvo casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad. Los parques y jardines permanecerán cerrados entre las 22.00 y las 8.00 horas.
En las tiendas y demás establecimientos comerciales se extremarán las medidas higiénicosanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento.