Los sanitarios tienen derecho a descansar, más después de dos años de pandemia. Así lo han retirado desde la mayoría de las comunidades autónomas, desde donde han asegurado que se respetarán las fechas y planificaciones de las
vacaciones de verano del conjunto de sanitarios. Pero la realidad podría cambiar debido a un posible aumento en la
presión asistencial vinculado al Covid-19 o por la propia
falta de profesionales que cubran las plazas, lo que llevaría a los Servicios de Salud ha proponer una redistribución de las vacaciones, sin que exista un plazo mínimo para ello pues estos cambios responderían al
derecho a la asistencia sanitaria de la ciudadanía.
Tal y como destaca el adjunto al Área de Acción Sindical SAS de la Federación de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO,
Manuel Lao, “hay que tener en cuenta los términos, pues
las vacaciones no se deniegan, sino que no se conceden en las fechas previstas”. Así, desde el sindicato recuerdan que
las planificaciones de los descansos son una responsabilidad de cada uno de los centros, quienes deben enviar sus propuestas antes de junio para que sean aprobadas.
Pero que estén aprobadas no significa que no puedan cambiar. En palabras de Lao, las vacaciones
“una vez asignadas pueden modificarse”, pues esta asignación responde a una planificación en la que intervienen
varios entes y tiene en cuenta las circunstancias sociales. En concreto, el procedimiento para asignar las vacaciones “sigue así un primer acuerdo entre los trabajadores de un servicio o unidad, quienes se ponen de acuerdo para repartirse las fechas. Este acuerdo pasa a la dirección del centro, quien lo incluye en los planes de vacaciones, para que sea aprobado con suficiente antelación y se pueda pasar a la asignación final". Es aquí donde el sindicato subraya que “una vez asignado
pueden ocurrir circunstancias que obliguen a modificar el plan,
como puede ser una pandemia, una epidemia o ausencia de sustitutos. No hay ninguna norma específica que lo establezca pero
está por delante la asistencia sanitaria de la población y es causa para modificar las fechas inicialmente asignadas de vacaciones”.
"No hay ninguna norma específica que lo establezca pero está por delante la asistencia sanitaria de la población y es causa para modificar las fechas inicialmente asignadas"
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En cuanto a los
tiempos de aviso, desde CCOO recalcan que “
no está establecido en ningún sitio una fecha previa, pero si parece lógico que en cuanto la dirección tiene conocimiento de la dificultad para poder otorgar las vacaciones en las fechas previstas es cuando d
ebe iniciar el procedimiento de modificación y notificar al profesional, diciéndole la causa por la cual se cambia e incluso puede llegar a
proponer un nuevo periodo de vacaciones alternativo. A partir de ahí es ponerse de acuerdo con los trabajadores, negociando entre las partes”.
¿Qué sucede si me cambian las fechas de vacaciones?
La modificación en las fechas de vacaciones para los sanitarios
no implica que estas no vayan a ser disfrutadas. Las vacaciones son un
derecho que no se pierde, se mantiene “solo se cambia la planificación”. Así, los servicios de salud
tienen la obligación de ofrecer los descansos a sus sanitarios, con una fecha límite del
31 de diciembre. En circunstancias especiales se trata “de llegar a un acuerdo con el profesional
para asignar otras fechas, pero el derecho a las vacaciones nunca se pierde”.
Así, la posibilidad de
reasignar las fechas de vacaciones debe estar motivada por una situación concreta, la cual debe justificarse a los empleados. Ante esta modificación, los profesionales sanitarios pueden
negarse, siendo la vía para ello el
proceso judicial, por lo que “aunque se niegue al cambio esto no quiere decir que se les mantenga su fecha inicial,
prevalece el principio de capacidad de organización de la administración, en este caso del centro de salud. Sobre el interés individual del profesional”.
De este modo, aunque sea fuera del periodo estival,
si las condiciones así lo requiriesen, se podría ampliar los tiempos de disfrute de las vacaciones, respetando los días a los que tiene derecho cada profesional. Tan solo se podría cambiar los descansos por una retribución cuando el profesional deja de ser empleado del servicio de salud, por distintas causas como puede ser la jubilación o fin de contrato temporal, estos son los únicos supuestos por los que está reconocido este cambio de tiempo de descanso por una remuneración.
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