El ministro de Hacienda y Función Pública, Cristóbal Montoro, junto a miembros de Muface y las aseguradoras tras la firma del nuevo concierto.
La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (
Muface) pagará un máximo de 97,35 euros fijos al mes por mutualista por el nuevo
concierto de asistencia sanitaria firmado este jueves, según las cifras publicadas en el
Boletín Oficial del Estado. Esta cantidad fija mensual es la más alta de una lista de precios que varía en función de la edad de los
funcionarios y familiares adscritos al convenio, que oscila entre los 67,4 euros de los menores de entre cero y cuatro años y los 97,35 de los mayores de 74 años.
En esta horquilla de
30 euros mensuales de diferencia se mueven el resto de grupos de edad. Así, para los adscritos al convenio de entre cinco y 14 años pagará 56,16 euros, 63,65 euros por aquellos que se encuentren entre los 15 y los 44 años, 67,4 euros para la franja de edad de entre 45 y 54 años, 75,89 euros para los que tengan entre 55 y 64 años y, por último, 89,87 para las personas de entre 65 y 74 años.
Estas cantidades serán abonadas por el organismo autónomo del Ministerio de Hacienda y Función Pública cada mes y estarán exentas de IVA. El documento publicado en el BOE aclara que
en ningún caso el importe de la prima fija de un beneficiario sufrirá alteración alguna dentro del año natural de vigencia del concierto, aunque dentro de ese año el beneficiario cambie de grupo etario al cumplir años.
Incentivos anuales para mejorar la calidad de la asistencia sanitaria
El documento firmado este jueves por Muface y las aseguradoras también recoge un importe económico que
premiará a aquellas entidades que cumplan con una serie de objetivos que mejoren la calidad de la asistencia sanitaria. Estas metas fijadas por la mutualidad de funcionarios son tres: desarrollo de planes para adaptarse a las estrategias del Sistema Nacional de Salud y Protocolo de Atención a la Urgencia, implantación de la receta electrónica y calidad en la gestión del servicio ofrecido por la entidad.
El primer objetivo tiene que ver con el desarrollo, en las entidades sanitarias adscritas al concierto, de planes relacionados con el
diagnóstico de diversos tipos de cáncer, como los de cérvix, recto o colon,
cuidados paliativos,
Ictus, Cardiopatía Isquémica y Protocolo de Atención a la Urgencia (l
a tabla completa se puede consultar en la página 86 de este documento).
En cuanto a la
receta electrónica, la entidad firmante deberá promover el uso e implantación del Sistema de Receta Electrónica de Muface entre los profesionales y centros concertados. Para ello, se fija un 30% del presupuesto anual de los incentivos para cada año de vigencia del convenio, cuya asignación se efectuará en proporción al grado de implantación.
Por último, la mutualidad de funcionarios premiará a las entidades que aseguren el
buen servicio y la satisfacción con el mismo de los mutualistas. Para ello, el criterio elegido es la estabilidad del colectivo adscrito a cada una de las aseguradoras y que éste no sufra fluctuaciones mayores al 15% con respecto a los últimos tres años, con especial atención a los beneficiarios de mayor edad. De esta manera, Muface entiende que la permanencia de los usuarios en los servicios sanitarios a los que están vinculados responde a la satisfacción con la asistencia prestada.
La cuantía económica de estos incentivos de calidad es variable, y se establece en función de la prima mensual ponderada correspondiente a cada colectivo protegido por el concierto y el colectivo adscrito a la entidad.
Margen amplio para la asignación de los incentivos económicos
La asignación de estos incentivos económicos se establecerá en función de unos
requerimientos mínimos para optar a ellos (como alcanzar a un tanto por ciento mínimo de pacientes),
la ponderación de los diferentes objetivos y la verificación de los mismos.
Sin embargo, de no alcanzar alguna de las entidades la ponderación máxima en algunos de los objetivos, la cuantía del incentivo anual no distribuida
se repartirá entre las entidades que hayan superado el 50% del cumplimiento en todas y cada una de las metas fijadas. En este caso, el reparto económico se realizará en proporción al grado del cumplimiento alcanzado en la suma de los objetivos.
De igual modo,
si el mismo objetivo ha sido imposible de cumplir en todas las entidades por causa no imputable a las mismas, se repartirá esa parte del incentivo económico que les hubiese correspondido en función del grado de cumplimiento del resto de metas alcanzadas.
Penalizaciones por fallos de disponibilidad
Muface también contempla en este documento las
deducciones de gastos que aplicará a las entidades en el caso de que haya fallos de disponibilidad. En este caso, el organismo establece un periodo máximo en el que podrá corregir la ausencia del servicio sanitario, que una vez excedido conllevará penalizaciones económicas.
De este modo, la mutualidad de funcionarios entiende por fallo de disponibilidad la
baja de un profesional o de los medios ofertados por la entidad que supongan una prestación de servicios inferior a los recogidos en el concierto.
El importe deducido por cada uno de estos fallos de disponibilidad
podrá alcanzar hasta el 15% de la cantidad que resulta al multiplicar el número de beneficiarios del municipio donde se produzca esta desatención, la prima diaria ponderada (que se obtiene al multiplicar la prima mensual por persona por 12 y dividirla entre 365) y el número de días que se excedan del tiempo de corrección establecido.
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