Un informe de Fedea destaca los beneficios de esa modalidad a raíz de la reforma del sistema de pensiones

El acceso sanitario a la jubilación anticipada está amparado por la reducción de la mortalidad que conlleva esa modalidad
El director de Fedea, Ángel de la Fuente.


27 ago. 2024 13:25H
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El pasado 31 de julio, el Gobierno anunció un acuerdo con las patronales empresariales y los sindicatos para culminar la reforma del sistema de pensiones que comenzó en 2021. Entre otras cosas, se plantea la posibilidad de que determinados trabajadores puedan jubilarse de forma anticipada si desempeñan actividades penosas, tóxicas o peligrosas. Desde el sector sanitario se sigue empujando para que sus profesionales puedan acogerse a ello, y un informe del think tank Fedea publicado este martes añade un argumento a favor: la reducción de los índices de mortalidad ligada directamente al retiro anticipado.

El documento de Fedea, firmado por Cristina Belles-Obrero, Sergi Jiménez-Martín y Han Ye, se analizan los efectos en la mortalidad derivados del retraso de la edad mínima de jubilación, que, a partir de 2025, en España serán los 65 años si se han cotizado 38 años y tres meses, y de 66 años y ocho meses, en el caso de no cumplir ese requisito. Para ello, los expertos toman como referencia la reforma española de 1967, que eliminó la jubilación anticipada voluntaria para quienes no habían cotizado desde ese año.

Según el informe, retrasar un año la salida del mercado laboral aumenta el riesgo de morir entre los 60 y 69 años en 4,4 puntos porcentuales, hasta alcanzar el 38 por ciento. Ese índice se acentúa hasta el 60 por ciento entre los 60 y 64 años. “Esto sugiere que el aumento en la mortalidad es impulsado principalmente por el efecto inmediato de perder el acceso a los esquemas de jubilación anticipada”, reza el texto.

Esa circunstancia se agrava en el caso de “los individuos que trabajaron en empleos peligrosos, arduos y de bajo valor personal”. Es en el primero de esos grupos en el que reclaman estar reconocidos los trabajadores de la sanidad. Según el acuerdo para reformar el sistema de pensiones suscrito entre el Gobierno, la CEOE, Cepyme, CCOO y UGT, “aquellos trabajos que sean de naturaleza excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad” contarán con un “nuevo procedimiento para el reconocimiento de coeficientes reductores” que permitan “rebajar la edad ordinaria de acceso a la pensión de jubilación”.

Jubilación activa: dificultades para los médicos


En el informe de Fedea también se señala que los efectos negativos sobre la mortalidad derivados del retraso en el retiro profesional pueden mitigarse a través de la jubilación parcial: “Comparando a individuos con y sin acceso a la jubilación parcial, revelamos que aquellos que carecen de esta opción experimentan un mayor aumento en la mortalidad por cada año adicional de retraso en la jubilación”.

Sin embargo, con la reforma pactada en julio, los sanitarios lo tendrían más difícil para beneficiarse de la llamada jubilación activa. Es, al menos, lo que trasladó a Redacción Médica Vicente Matas, médico jubilado y coordinador del Centro de Estudios del Sindicato Médico de Granada, tras el anuncio del Ejecutivo.

El acuerdo establece cinco niveles de cobro de pensión que aumentan progresivamente según el número de años en los que se vaya retrasando la jubilación respecto a la edad estándar para ello. En el primer año se percibirá el 45 por ciento de la pensión; en el segundo, el 55 por ciento; en el tercero, el 65 por ciento; en el cuarto, el 80 por ciento; y a partir del quinto, el cien por cien.

El problema, según Matas, es que los médicos están obligados a retirarse a los 70 años, es decir, tres años y medio desde la edad a partir de la cual ya pueden jubilarse: 66 años y seis meses -serán dos meses más desde 2025-. Por tanto, si quisieran acogerse a la jubilación activa -el experto recuerda que sólo pueden hacerlo por ahora los médicos de Familia y los pediatras-, en ningún caso podrían llegar a cobrar el cien por cien de la pensión en una jubilación parcial porque no alcanzarían los cinco años necesarios, ni siquiera cuatro.
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