César Antón, director general del Imserso. |
Una medida que ya se acordó en el Consejo Territorial de Dependencia de julio de 2012 y a la que ahora el Consejo de Ministros ha dado luz verde en un Real Decreto que regula el nivel mínimo de protección de las personas con dependencia. La financiación del nivel mínimo de protección corresponde a la Administración General del Estado y los criterios de asignación a las autonomías.
Así, "para mejorar la transparencia del sistema", según la referencia del Consejo, el Real Decreto establece que las autonomías emitirán distintos certificados "que acrediten los datos que se introducen en el nuevo sistema de información".Además, con el texto aprobado por el Ejecutivo, los créditos de nivel mínimo se transferirán mensualmente en función del número de beneficiarios con derecho a prestación, del grado de dependencia y del tipo de prestación que reciben los usuarios.
Hasta ahora solo se tenía en cuenta el número de beneficiarios por cada grado de dependencia.Con estos acuerdos "se contribuye a la ordenación, simplificación y actualización del desarrollo normativo competencia del Estado sobre la ley de la dependencia".
El último Consejo de Ministros del año también dio luz verde a otro Real Decreto que regula los servicios y las prestaciones para las personas dependientes, así como los requisitos para acceder a los mismos. La medida impide, entre otras cosas, que un beneficiario perciba a la vez prestaciones económicas y servicios profesionales, salvo en el caso de la teleasistencia.