El
Ministerio del Interior ha emitido una Orden donde se establecen los criterios de actuación de las Fuerzas de Seguridad del Estado durante el
Estado de Alarma contra el coronavirus Covid-19. Redacción Médica ha tenido acceso a este documento, y en el mismo se desprende que la Policía y la Guardia Civil tendrán un papel de
apoyo relevante en las asistencias urgentes.
En concreto, Interior pone "a disposición de las autoridades y de los profesionales sanitarios aquellas capacidades de los Cuerpos policiales que sirvan para auxiliar a las instituciones y a los profesionales sanitarios ante situaciones en las que dicho
auxilio sea necesario para que pueda prestarse asistencia sanitaria urgente a las personas que lo precisen" en la actual
situación de epidemia de coronavirus.
No es la única aproximación sanitaria de las órdenes de Interior. En otras instrucciones emitidas más concretamente a los
Servicios Centrales y Jefaturas Superiores de Policía, se especifica a la
Comisaría General de Seguridad Ciudadana que entre sus funciones en el Estado de Alarma por el coronavirus se encuentra el desarrollo de "
labores asistenciales ante situaciones de emergencia que se pudieran presentar".
La Orden determina que mientras dure el Estado de Alarma por el Covid-19, la
misión prioritaria de las Fuerzas de Seguridad del Estado es que esta se cumpla.
Restricciones a la circulación ciudadana impuestas por el Estado de Alarma contra el coronavirus
Durante la
cuarentena por el Estado de Alarma por el coronavirus, los ciudadanos únicamente podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:
a) Adquisición de
alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
b) Asistencia a
centros sanitarios.
c) Desplazamiento al
lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional
o empresarial.
d) Retorno al lugar de
residencia habitual.
e) Asistencia y cuidado a
mayores, menores, dependientes, personas con
discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a
entidades financieras.
g) Por causa de
fuerza mayor o situación de necesidad.
h) Cualquier otra actividad de
análoga naturaleza debidamente justificada.
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