Fernando Grande-Marlaska, ministro de Interior.
El
Consejo de Ministros ha eliminado el
virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y la diabetes como causas genéricas de exclusiones médicas para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada, y solo operarán como impedimento para ejercer esas funciones
si así lo determina un informe médico individualizado. Así lo señalan las referencias del último Consejo de Ministros de este martes.
El Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018 ya acordó
actualizar las convocatorias de pruebas selectivas del personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, con la
finalidad de eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público, entre ellas el VIH y la diabetes.
"Se actualiza el
catálogo de las causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público, que todavía operaba en determinados ámbitos, como los referidos a los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado, las fuerzas armadas, los cuerpos de vigilancia aduanera y los de instituciones penitenciarias. En concreto, el acuerdo propone
eliminar el VIH, la diabetes, la enfermedad celiaca y la psoriasis de las causas genéricas de exclusiones médicas exigibles para el acceso al empleo público y, en consecuencia, promover la modificación, por los departamentos ministeriales competentes, de aquellas normas reglamentarias que contemplen estas y otras enfermedades como causa de exclusión al empleo público", aseguran las referencias recogidas en el Consejo en noviembre de 2018.
Se anunció que la medida se aplicaría a todas las convocatorias (personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar) que se convoquen "con posterioridad a la fecha de adopción de este acuerdo y, en todo caso, a partir de las derivadas de la oferta de empleo público del año 2020, adaptando las mismas a la evidencia científica actual y
valorando siempre la situación clínica del aspirante y no sólo su diagnóstico", concretan.
A cosecuencia de todo esto, y para
asimilar el régimen de exclusiones médicas para el uso de armas por parte del personal de seguridad privada al aplicable a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y a las Fuerzas Armadas, el real decreto aprobado reforma el 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la
acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.
Tras esta reforma,
desaparece el impedimento para ejercer funciones de seguridad privada armada a los portadores del VIH o a quienes padezcan diabetes, que solo podrán ser excluidos de esas funciones en función del informe individual que en cada caso emita el servicio médico correspondiente.
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