El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en el Congreso.
El PP y el PSOE han acordado este martes
eliminar las restricciones a la contratación temporal y de personal interino en las Administraciones y en las empresas, sociedades y fundaciones públicas que figuraban en el
proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2017.
De esta forma, según una enmienda acordada por los dos principales partidos del Congreso y a la que ha tenido acceso
Europa Press, la redacción final del artículo 19 de la Ley de Presupuestos prohíbe la contratación de personal temporal y el nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos, "
excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables".
Al poner ahí el punto final, se eliminan las restricciones contempladas anteriormente para limitar este tipo de contratos a sectores que pudieran ser considerados prioritarios o que afectaran al funcionamiento de los servicios públicos.
Del mismo modo, también
se excluyen sus límites temporales, ya que la duración de los contratos estaba restringida a menos de tres años,
impidiendo también el encadenamiento de contratos durante más tiempo. Esta limitación había sido acordada por el PP y Ciudadanos, y secundada por PNV y UPN en la Comisión de Presupuestos, por lo que fue incorporada al proyecto de Presupuestos.
Contradicciones para interinos
En concreto, para el sector sanitario se
elimina así la limitación temporal que era la de mayor implicación, puesto que la anterior redacción señalaba que "la duración del contrato o del nombramiento no podrá ser superior a tres años". En el caso del personal interino, esto ya suponía una contradicción respecto al Estatuto Marco y el Estatuto básico del Empleado Público (EBEP), puesto que ninguno ponía un plazo concreto para sacar a concurso la plaza.
Ahora, a su paso por el Pleno del Congreso, el Gobierno ha aceptado eliminar tanto la restricción sectorial como la duración máxima y la prohibición de encadenamiento de contratos más allá de los tres años.
De la redacción anterior
desaparece asimismo la posibilidad de imponer sanciones y de exigir responsabilidades por actuaciones irregulares de los órganos de personal competentes de cada una de las administraciones y de las entidades del sector público.
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