Señalan que la normativa podría incrementar el turismo sanitario o generar trabas en la colaboración público-privada

La Ortopedia relega la Ley de Universalidad a garantizar "la equidad"
Pablo Pérez, presidente de Fedop.


30 may. 2024 16:20H
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El proyecto de Ley de Universalidad del Sistema Nacional de Salud (SNS) sigue su andadura y tras pasar por el Consejo de Ministros, también ha recibido el visto bueno del Congreso de los Diputados. Sin embargo, aquellos a quienes va a afectar miran con lupa cuáles serían las consecuencias. Desde la Federación Española de Ortesistas y Protesistas (Fedop) aclaran que "no se puede hablar de universalidad en la sanidad sin haber garantizado equidad de las prestaciones sanitarias".

Concretamente, este proyecto de ley modifica, entre otros, el artículo 8 de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del SNS, que hace referencia a la Cartera Común de Servicios del SNS, y establece en su punto 4 que "la prestación de estos servicios se hará de forma que se garantice la máxima calidad y seguridad en su prestación, así como las condiciones de accesibilidad y equidad para toda la población cubierta y el derecho a la participación en salud".

"La realidad es que este mandato no viene cumpliendo en el caso del acceso las prestaciones ortoprotésicas a las que tienen derecho los ciudadanos, tal y como ha denunciado la federación reiteradamente", indican fuentes de Fedop. En esta línea, desde la federación que preside Pablo Pérez consideran que la universalidad de la sanidad no puede entenderse sin haber garantizado de antemano la equidad entre los ciudadanos de este país. Además de otras cuestiones que puede ocasionar la aprobación de esta ley como "un posible repunte del turismo sanitario o trabas a la colaboración público-privada que podrían afectar a la prestación ortoprotésica".

En palabras de Fedop, la falta de homogeneidad de la prestación queda "patente" en varios aspectos de sus respectivos sistemas de prestaciones. En primer lugar, destacan que algunos problemas que pueden encontrarse es que son distintos los especialistas médicos que prescriben y que tampoco hay coincidencias en los artículos adicionales que se pueden encontrar en cada catálogo.

"La posibilidad de mejora para conseguir una prestación ortoprotésica que incluya la innovación también es diferente e incluso existe una disparidad enorme en la forma de pago: en unas comunidades hay convenios o sistemas de pago directo a las ortopedias, mientras que en otras el usuario tiene que adelantar el dinero, y en algunas existe la posibilidad de endoso, pero no en la totalidad. Todas estas circunstancias hacen que la prestación llegue a garantizar la equidad y quede a expensas de las decisiones de los responsables de la prestación", señalan.

Ley de Universalidad


Hay que tener en cuenta que la Ley de Universalidad incluye la ampliación de la cobertura sanitaria del SNS a nuevos colectivos, al tiempo que clarifica y concreta prestaciones y "evita que puedan introducirse nuevos copagos". Según recoge el cuerpo de la ley, otro de los objetivos es dar más 'voz' a pacientes: "Por ello, además de incluirse en la definición de la cartera, se materializa la participación de la ciudadanía en los órganos de asesoramiento del SNS como paso adelante a la buena gobernanza de nuestro sistema sanitario público", destaca.

En estos momentos, los grupos parlamentarios pueden presentar enmiendas hasta el 11 de junio. Asimismo, la Ley de Universalidad del SNS incide en la necesidad de "unificar" tanto la cartera básica como la suplementaria y de asistencia accesoria, "así como establecer las garantías necesarias para que no puedan introducirse nuevos copagos sanitarios" y "clarificar que las prestaciones de salud pública están incluidas en la misma".

La cartera común de servicios del SNS, según la ministra de Sanidad, Mónica García, es "un instrumento esencial para la equidad de la ciudadanía en el acceso a las prestaciones sanitarias basadas en la mejor evidencia científica disponible", pero el Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, la dividió en tres tipos: la básica, la suplementaria (que comprende la prestación farmacéutica, la ortoprotésica, la dietoterápica y el transporte sanitario no urgente) y la de servicios accesorios. "Dicha modificación abrió la posibilidad de establecer nuevos copagos en prestaciones que hasta entonces carecían de ellos", resaltó.
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