Propone que centros de Atención Primaria extra hospitalaria presten este servicio pues no necesitan equipos quirúrgicos

Sanidad planea que el aborto voluntario hasta la semana 9 sea farmacológico
Pilar Aparicio, Directora General de Salud Pública.


20 ene. 2021 13:50H
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La Dirección General de Salud Pública ha sacado a consulta el proyecto de modificación del Real Decreto 831/2010 de Garantía de la Calidad Asistencial de la Prestación a la Interrupción Voluntaria del Embarazo con el objetivo de "mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración normativa".

La modificación de la norma tiene como objetivo promover el método farmacológico en embarazos no deseados que no superen las nueve semanas de gestación, y que estos se atiendan desde centros de Atención Primaria extra hospitalaria. Con ello, argumentan, se pueden resolver dos problemas actuales: la sobrecarga hospitalaria del Sistema Nacional de Salud (SNS) y  la atención desde el sistema público a esta prestación sin necesidad de recurrir a la sanidad privada.

Los ciudadanos u organizaciones que así lo consideren, pueden hacer llegar sus opiniones sobre los aspectos planteados en el documento hasta el 4 de febrero de 2021 a través de la siguiente dirección de correo electrónico: normativa.dgspci@mscbs.es

Antecedentes de la ley


La Ley Orgánica 2/2010 de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, establecía en distintos puntos de su articulado la reglamentación de sus disposiciones. A tal fin se publicó entre otros el Real Decreto 831/2010, de 25 de junio, de garantía de la calidad asistencial de la prestación a la Interrupción Voluntaria del Embarazo.

"Al final de la norma se añadía un Anexo donde se establecían las medidas necesarias para la acreditación de los centros sanitarios, tanto en lo relativo a sus instalaciones y equipamientos como a las características concretas que exige la intervención dependiendo de las semanas de embarazo, con especial relevancia en los supuestos de interrupción con menos de 14 semanas", un hecho que precisa de una actualización dado el progreso técnico y científico en la materia, asegura Sanidad. 

Problemas que pretende resolver la norma


Entre los problemas que pretende solucionar la nueva norma está la "dificultad relativa a la necesidad exclusiva del uso quirúrgico de las instalaciones, al aplicarse el método quirúrgico a todas las interrupciones voluntarias del embarazo, lo que hacía más difícil y complicado el uso de las instalaciones, personal y equipamiento necesarios para la consecución de dicho fin".

Además, señala el documento, "la saturación de las instalaciones quirúrgicas en el sistema público hacía que la demanda se reorientara hacia el sector privado, que creó instalaciones específicas para este fin, y consiguió que más del 85 por ciento de la demanda de la interrupción voluntaria del embarazo se realizara en instalaciones privadas, que debían ser costeadas por el Sistema Nacional de Salud (SNS) a través de sus Comunidades Autónomas, al ser considerada una prestación reglada y financiada por el sistema público ".

Generalización del método farmacológico


Además, los avances científico técnicos han ido modificando el método de aplicación, "lo que ha llevado al uso del método farmacológico en la actualidad, dada su utilidad y facilidad de uso, ya que no son necesarias instalaciones quirúrgicas para este nuevo método, que, además, conlleva unas complicaciones inferiores al 5 por ciento en todos los estudios y publicaciones que se han realizado sobre los mismos".

Por lo tanto, "se puede utilizar el método farmacológico en embarazos no deseados que no superen las nueve semanas de gestación, que son la mayoría. Con la atención en centros de Atención primaria extra hospitalaria, se puede proporcionar esta prestación, resolviendo al mismo tiempo los dos problemas   anteriormente descritos", añade.

La aprobación de la nueva norma, argumentan, "es necesaria de acuerdo con la evolución del conocimiento, ya que en la actualidad varias comunidades autónomas están desarrollando centros extra hospitalarios para su aplicación. En países de nuestro entorno como, por ejemplo, Francia, es el método de elección del 67 por ciento de las usuarias".

Sanidad defiende también que "no solo es oportuno el nuevo método, sino que es más económico", dado que el bajo coste de los fármacos empleados, junto con la simplicidad de las instalaciones requeridas, reducen el coste total de los procedimientos a un tercio de los quirúrgicos".

"El momento que se ha elegido para llevar a cabo esta reforma es el correcto, dado que se ha realizado un estudio junto con las comunidades autónomas para su aplicación, que ha dado como resultado su aprobación en el Comité de Salud Pública del Ministerio de Sanidad con las comunidades autónomas en septiembre de este año 2020", añaden.

Soluciones alternativas a la norma


Como soluciones alternativas a esta modificación, Sanidad propone "la obligación que los centros públicos hospitalarios atendieran esta demanda y que se crearan unidades públicas específicas dentro de los hospitales para las interrupciones voluntarias del embarazo, lo que resultaría complejo y difícil de aceptar por el personal y responsables sanitarios".

Por tanto, la modificación de la norma tiene como finalidad de establecer las medidas adecuadas para que los centros sanitarios extra hospitalarios puedan realizar la interrupción de un embarazo no deseado mediante el método farmacológico, "evitando que la mayoría de las mujeres se vean abocadas a tener que asistir a establecimientos privados hospitalarios para su intervención, con lo que la facilidad de nueva técnica farmacológica, mayor intimidad del procedimiento no quirúrgico, asesoramiento de servicio público en el sistema y disminución al final de costes puedan gradualmente hacer que exista una mayor concienciación sobre el tema, disminuir el número de mujeres repetidoras y disminuir el número de interrupciones voluntarias del embarazo a una cifra más acorde con las características sociales de nuestro país".

Consulta pública para regular la calidad del agua


Además, el Gobierno también ha sacado a consulta pública la propuesta de Real Decreto por el que se establecen los criterios técnico sanitarios del suministro y control de la calidad del agua de consumo, que da respuesta al imperativo legal de transposición de la normativa comunitaria. El trámite de información pública se realizará a través del portal web del Ministerio de Sanidad y que los ciudadanos, organizaciones y asociaciones que así lo consideren pueden hacer llegar sus opiniones sobre las cuestiones planteadas, durante el plazo de quince días naturales, hasta el 4 de febrero de 2021, a través del siguiente buzón de correo electrónico: rd_agua_consumo@sanidad.gob.es.
 
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