El Consejo Asesor de Sanidad reunido en el Ministerio de Sanidad, el pasado mes de febrero.
El
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social ya prepara el nuevo reglamento del
Consejo Asesor. Así lo ha confirmado el organismo que dirige
María Luisa Carcedo mediante una respuesta parlamentaria relacionada con los cambios internos acontecidos dentro del órgano tras la renuncia
del director general del Centro Nacional de Investigaciones Cardiovasculares (CNIC), Valentín Fuster y el
cambio de Gobierno con la moción de censura.
Tal y como explica el texto, la eliminación de las áreas de
Servicios Sociales e Igualdad e incluso la de
Consumo y Bienestar Social ha promulgado un cambio organizativo que se va a ver reflejado, además,
en su función dentro del Ministerio.
De esta forma, y según la nueva norma del
Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales, el
organismo será un ente “consultivo y de asistencia” que integrará las dos áreas principales del Ministerio de manera que su labor de asesoramiento abarque el conjunto de las competencias departamentales.
“Cabe señalar que en estos momentos se está en proceso de elaborar y aprobar la normativa que
ha de regular su composición y régimen de funcionamiento, para que puedan comenzar sus trabajos”, finaliza la respuesta parlamentaria.
Antecedentes
La institución asegura que “los cambios acontecidos” han sido consecuencia de “la nueva configuración ministerial”.
El Real Decreto 1047/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, modifica el
Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales eliminando, consiguientemente, las competencias de
Servicios Sociales e Igualdad.
De esta forma, se prevee que
se renueven los 40 cargos que estaban presentes en el Consejo
formado por la exministra de Sanidad, Dolors Montserrat. Teniendo en cuenta la orden que regulaba la composición del Consejo Asesor de Sanidad, a este se debe de incorporar un presidente; vicepresidente; secretario; los Vocales, que serán los siguientes: los Presidentes de los
Consejos Generales de los Colegios Oficiales de las profesiones del sector sanitario y otros Vocales en número no superior a treinta.
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