Julián Ezquerra.
23 ene. 2020 15:40H
SE LEE EN 2 minutos
La cotización médica y la edad de jubilación sigue siendo uno de los principales problemas que más afectan al colectivo. Tal es así que uno de los “mayores agravios comparativos” que ahora denuncian los médicos es el contraste que existe entre el personal funcionario y el estatutario.
Julián Ezquerra, secretario general de la Asociación de Médicos y Titulados Superiores (Amyts), y representante de Madrid en CESM, denuncia a Redacción Médica que en la actualidad, “los médicos estatutarios pierden al mes hasta 200 euros en su pensión, frente a los funcionarios, que consiguen la pensión máxima, la cual ronda los 2.600 euros”. “Un agravio comparativo” que no acaba ahí.
Según Ezquerra, un funcionario de carrera “puede jubilarse con el cien por cien de su pensión a los 60 años, mientras que un estatutario tendría que esperar hasta los 63, y contando además que perdería hasta el 16 por ciento del total”.
"El funcionario que cotiza por clases pasivas se puede jubilar con 35 años cotizados a los 60 años y con el cien por cien de la pensión, mientras que el estatutario se puede jubilar a los 63, con 35 años cotizados, pero perdiendo parte de la pensión. Desde un 4 por ciento si está topado hasta un 16 por ciento si no lo está", asegura.
Perdida económica
En cifras, según cálculos del máximo representante de Amyts, dicha perdida supondría unos 200 euros al mes, por lo que al año un médico estatutario, jubilado a los 63 años de forma voluntario, perdería al año uno 2.400 euros.
Es por ello que desde CESM vienen realizando durante años “una reivindicación histórica”: flexibilizar la edad de jubilación de los médicos, pudiendo llegar estos hasta los 70 años. Ahora, también se suma la petición de igualar la condición de funcionario a la de estatutario, “dándoles los mismos derechos”. Aunque, reconoce Ezquerra, por el momento no hay ninguna reunión fijada con Función Pública para negociar este asunto.
“No hay que olvidar que un médico funcionario hace la misma tarea que la de un estatutario. Por ese motivo no se entiende este agravio comparativo cuando hablamos de su pensión”, concluye.
Las informaciones publicadas en Redacción Médica contienen afirmaciones, datos y declaraciones procedentes de instituciones oficiales y profesionales sanitarios. No obstante, ante cualquier duda relacionada con su salud, consulte con su especialista sanitario correspondiente.