Felipe Hortelano, director de Angelini Farmacéutica para España, y Kai Möller, director general de Casen Recordati.
La
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ha publicado nuevos
Informes de Posicionamiento Terapéutico (IPT). Entre ellos, se encuentran dos psicolépticos indicados para la
esquizofrenia:
Latuda, de
Angelini Farmacéutica, y
Reagila, de
Casen Recordati, para los que el Grupo de Coordinación de Posicionamiento Terapéutico (GCPT )
no considera necesario modificar los posicionamientos.
En cuanto a
Latuda (lurasidona), es un antipsicótico atípico, con mecanismo de acción similar a otros existentes en el mercado, pero que adicionalmente tiene afinidad por otros subtipos de receptores. "Esta diferencia en su mecanismo de acción
no ha demostrado ningún efecto adicional sobre la actividad antipsicótica", explica el GCPT.
Latuda y Reagila "no presentan ventajas ni un valor terapéutico añadido frente a las alternativas existentes"
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En cuanto al perfil de seguridad "es
parecido al de otros antipsicóticos de segunda generación". Sin embargo, "la frecuencia de algunos efectos adversos como acatisia, somnolencia y mareos fue
más elevada que con otros antipsicóticos". Por ello, Latuda "
no presenta ventajas ni un valor terapéutico añadido frente a las alternativas existentes" por lo que "tras conocer la decisión de precio y financiación, no se considera necesario modificar el posicionamiento.
Reagila, de Casen Recordati
En cuanto al fármaco de Casen Recordati, también indicado para la
esquizofrenia, el GCPT señala que las diferencias en su mecanismo de acción "no ha demostrado
ningún efecto clínicamente relevante
sobre la actividad antipsicótica respecto a risperidona o aripiprazol en el control global agudo de la enfermedad".
Desde un punto de vista clínico, "la elección del antipsicótico de segunda generación debe llevarse a cabo de forma individualizada". Por ello, "Reagila (cariprazina) es una alternativa más de tratamiento que
no presenta ventajas ni un valor terapéutico añadido frente a aripiprazol ni risperidona".
Como conclusión final, el CGPT indica que "tras la decisión de precio y financiación,
no se modifica el posicionamiento. Además, para la selección de uno u otro antipsicótico se deben t
ener en cuenta criterios de eficiencia".
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