La Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) ha informado de que investiga a Sandoz Farmacéutica, a su filial Bexal Farmacéutica, y a las compañías Bluetab Solutions, y Alliance Healthcare España, por un posible intercambio de información comercial sensible, no justificado y desagregado, desde abril de 2018 hasta abril de 2023.
Concretamente, se trataría de información relativa a los pedidos de medicamentos genéricos Sandoz/Bexal —a través de la empresa proveedora Alliance— y que habrían realizado farmacias que no están adheridas al Club Sandoz.
La información comercial sensible propiedad de las farmacias se habría intercambiado directamente entre Alliance y Sandoz o, indirectamente, a través de Bluetab, sin el previo consentimiento ni conocimiento de las farmacias afectadas.
Los intercambios de información comercial sensible constituyen una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
Denuncia a Sandoz y Alliance Healthcare ante la CNMC
La investigación se inició por una denuncia contra las empresas que dio lugar a una información reservada. En el marco de dicha información reservada, la CNMC inspeccionó las sedes de Sandoz y Bexal, y las de Alliance y Bluetab en noviembre de 2023.
El 7 de diciembre de ese mismo año, la CNMC advertía en una nota de prensa de que "en el caso de que como resultado de dicha inspección se encontrasen indicios de prácticas anticompetitivas prohibidas por la Ley de Defensa de la Competencia, se procedería a la incoación formal de un expediente sancionador".
"Estas prácticas podrían ser consideradas como una infracción muy grave de la ley de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10 por ciento del volumen de negocio total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa", señalaba entonces.
Ahora la CNMC ha recordado que "la incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 24 meses para su instrucción y resolución".
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