El Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Los
estudiantes de Medicina tendrán más facilidades económicas a la hora de decidir realizar un
erasmus fuera de sus países de origen. El
Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha determinado que el importe abonado a un estudiante
no debe tenerse en cuenta al calcular el
impuesto sobre la renta del progenitor que lo tiene a su cargo. En otras palabras, las ayudas económicas que vengan ligadas de un erasmus no pueden servir para
generar efectos fiscales negativos en la familia del candidato o candidata.
Este cambio de paradigma viene motivado después del caso que vivió un estudiante croata. Después de recibir una
ayuda a la movilidad por motivos de aprendizaje en el
marco del programa Erasmus + para su estancia en una
universidad en Finlandia, la Administración tributaria croata informó a su madre de que el
incremento de la deducción de base personal por hijo a cargo, del que siempre había disfrutado, había sido suprimido respecto del año correspondiente.
Esta situación llegó hasta el
Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que determinó que cuando un Estado miembro participe en el programa Erasmus +, debe garantizar que las que la tributación de las becas destinadas a
facilitar la movilidad no cree una restricción injustificada del derecho de libre circulación y de residencia en el territorio de los Estados miembros.
La ayuda Erasmus en el impuesto sobre a renta en Medicina
La institución judicial europea acabó decretando que la ayuda de movilidad tenga como consecuencia que se pierda
el derecho a incrementar dicha deducción a la hora de calcular el impuesto sobre la renta llega a ser una restricción al derecho de libre circulación y de residencia. Ante esta circunstancia, el Tribunal de Justicia determina que
los vínculos económicos que unen a un estudiante de Medicina con su progenitor no pueden ser perjudicados por los efectos de dicha restricción.
Por último, la institución señala que este tipo de
ayudas financieras para becas Erasmus que pueden disfrutar los estudiantes de Medicina contribuirán a cubrir los costes adicionales que no habrían existido si no se hubiera ejercido dicha movilidad. Además, el tratamiento fiscal de estas ayudas puede dar lugar a
cargas fiscales más perjudiciales para esos progenitores contribuyentes, sin que los recursos a su disposición se hayan incrementado para hacerles frente. Por consiguiente, el Tribunal de Justicia considera que la normativa nacional controvertida puede incluso producir
efectos contrarios de los deseados.
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