El Tribunal Superior Justicia de Andalucía anula una convocatoria que aceptaba enfermeros para el puesto

Enfermería no puede dirigir una Unidad Clínica si hay un médico en ella
Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.


20 oct. 2016 18:20H
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha anulado la convocatoria de director de la Unidad de Gestión Clínica (UCG) de Endocrinología y Nutrición del Hospital Reina Sofía de Córdoba por aceptar a diplomados en enfermería. El tribunal ha justificado su decisión en que considera la convocatoria “no ajustada a derecho”.
 
En concreto, la sentencia considera que “no están capacitados para ejercer de director de una UGC porque conlleva la evaluación del desempeño profesional de los médicos especialistas de dicha unidad”. El Tribunal estima que, en caso de que un diplomado, aunque tenga el título de grado universitario, acceda a un puesto de este tipo “atenta a los principios de mérito y capacidad”.
 
La sentencia específica que los enfermeros pueden dirigir Unidades de Gestión cuando estas sean de Enfermería “y la evaluación profesional que se realice comprenda al personal de igual o inferior titulación”. Sin embargo, deja claro que no puede ser director “cuando en la Unidad Clínica correspondiente existan profesionales médicos especialistas o no, cuya evaluación profesional no puede ser efectuado por un director con inferior titulación profesional”.
 
El tribunal considera que la Ley de Ordenación de Profesionales Sanitarios atribuye esta evaluación únicamente a “los licenciados universitarios, actualmente grado en Medicina”. La sentencia impone pagar las costas, limitadas a 500 euros, al hospital.  
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