El director general de Salud Pública y Equidad en
Salud, Pedro Gullón.
La guía que recoge la
indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica
por parte de Enfermería en los procesos diagnósticos que requieren de
anestesia local ya es una realidad. La Comisión Permanente de Farmacia del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud ha aprobado el documento que recoge todas las
intervenciones que podrán desarrollar enfermeros y enfermeras en este sentido.
Redacción Médica ya adelantó hace un mes la aprobación de esta guía, así como la relacionada con la deshabituación tabáquica.
El documento, publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado, señala los
criterios específicos para estos profesionales, desde la población diana, el desarrollo de dichas intervenciones o los
medicamentos aprobados para su uso. En cuanto a estos,
la guía incluye los siguientes ocho fármacos: bupivacaína, lidocaína, mepivacaína, tetracaína, combinaciones de amidas, combinaciones de bupivacaína y asociaciones de tetracaína y nafazolina o asociaciones de tetracaína con oxibuprocaína.
También recoge las intervenciones como la
valoración previa donde se tendrán en cuenta las condiciones en las que el paciente se enfrenta al evento para prevenir riesgos "tras una adecuada anamnesis médica y/o enfermera", el control de todo lo referente al proceso, desde la parte instrumental, el campo quirúrgico,
preparación de la zona y medicación anestésica, la
administración de anestesia local y la realización de la intervención o el seguimiento y cuidado de la herida en cirugía y el asesoramiento del paciente en intervenciones básicas para
"garantizar la independencia del paciente" en la realización de autocuidados.
Para el desarrollo de las actuaciones contempladas en esta guía, tanto el enfermero responsable de cuidados generales como el enfermero responsable de cuidados especializados "
deberán ser titulares de la correspondiente acreditación emitida por el órgano competente de la comunidad autónoma respectiva".
Criterios específicos de la guía enfermera
El documento incluye el
tipo de "población diana" con la que intervendrá Enfermería, siendo así la población adulta y pediátrica que, por su patología o situación, precisan de una
intervención del enfermero, en base a sus competencias, en procedimientos que requieran el uso de anestésicos locales, como los procedimientos vinculados a pruebas diagnósticas o terapéuticas que cursan con dolor, y mediante el uso de protocolos o guías asistenciales "consensuados de manera multidisciplinar".
En cuanto a los procesos asistenciales, patologías o situaciones clínicas, la guía indica que se tratará de cualquier proceso "programado o urgente" que requiera una intervención del enfermero
"donde sea necesario eliminar el dolor ocasionado por el procedimiento".
Sobre el
tipo de intervenciones que realizará Enfermería se señala como "necesario" dejar constancia, en la
historia clínica del paciente, la identificación del enfermero que realiza las diferentes actuaciones "en base a sus competencias y de acuerdo al protocolo o guía asistencial consensuado".
"Con estas actuaciones, se colabora en la consecución del objetivo terapéutico de eliminar el dolor en estos procedimientos y prevenir futuras complicaciones. Es muy importante
sistematizar la implantación de esta guía general en la práctica clínica diaria y promover de una manera proactiva y coordinada la participación de todo el equipo asistencial", concreta el BOE.
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