La Justicia entiende que la fusión de Huelva se anula por falta de negociación sindical, no por cuestiones ejecutivas

El Gobierno puede fusionar hospitales siempre que negocie con el personal
Exterior del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.


2 nov. 2016 9:10H
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POR REDACCIÓN
La Junta de Andalucía tiene todo el derecho a organizar el servicio sanitario público como crea conveniente. Así se desprende de la sentencia que ha emitido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), en la que se ha anulado la fusión hospitalaria que se había planificado en Huelva. Así el Alto Tribunal aclara que esta decisión se debe a que la Junta debió dar margen para garantizar la “concreción de la participación de los funcionarios en la determinación de sus condiciones de empleo”. Ello ha lastrado el proceso mediante el cual “se actualizaba la estructura de gestión y funcionamiento para la prestación de los servicios de atención especializada en el Área de Salud de Huelva”.

“La decisión de fusión de las áreas hospitalarias se desenvuelve en el marco de la potestad autoorganizatoria de la Administración; no se plantea siquiera debate al respecto. El alcance de la controversia se centra en la necesidad de reconocer que esta decisión tiene una indudable repercusión en las condiciones de trabajo de los empleados afectados”, asevera la citada sentencia. Esta añade que la decisión de la fusión hospitalaria “no tiene por qué ser sometida a proceso negociador alguno”.

La sentencia del TSJA entiende que la Administración “ha vulnerado la obligación de negociar con los sindicatos, pues si bien se convocó la Mesa Sectorial, únicamente lo fue con el propósito de aparentar una falsa negociación colectiva para que los agentes sociales firmaran las actas y dieren continuidad por la vía de la tramitación ultrarrápida a una orden de fusión de áreas hospitalarias”.
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