Corresponden a las cuotas y aportaciones que realizan los Colegios al Consejo

El Colegio de Médicos de Barcelona, condenado a pagar 1,5 millones a la OMC
Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.


26 sept. 2019 15:30H
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Barcelona que obliga al Colegio de Médicos de Barcelona (COMB) a abonar la deuda de 1.514.065,72 euros al Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom).

Los hechos comenzaron con la reclamación que el Cgcom interpuso contra el COMB por el impago de las "aportaciones y cuotas" que deben ser aportadas por los colegios. Por ello, "aludió a la Ley de Colegios Profesionales que dispone que los Consejos Generales de los Colegios cuentan entre sus funciones las de aprobar sus presupuestos y regular y fijar equitativamente las aportaciones de los Colegios, y a los Estatutos Generales del Cgcom, que incluyen entre los ingresos del Consejo General las aportaciones que se aprueben por la Asamblea General para todos y cada uno de los Colegios Oficiales de Médicos".

Ante ello, el COMB interpuso un recurso de apelación en el que no negaba su obligación ni la deuda que se le estaba reclamando, sino que reconocía expresamente que dejó de pagar las cuotas para impedir que el Cgcom hiciera aportaciones a la Fundación para la Protección Social de la OMC, a la que no tenía interés de efectuar donativos, algo que según subraya la resolución judicial "no es objeto de este proceso".

Además, el colegio catalán también alegó la inexistencia de silencio administrativo, ya que el plazo de resolución del recurso fue interrumpido. Sin embargo, el TSJC ha dictado sentencia firme a favor del Cgcom. 
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