Para la presentación de la solicitud del examen MIR es obligatorio la cumplimentación electrónica de la instancia de admisión en el modelo oficial 790, en la Sede Electrónica del Ministerio de Sanidad. No se tramitarán en ningún caso formularios cumplimentados a mano. La solicitud se puede presentar de dos formas:
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Registro electrónico de solicitudes: para todas las personas que dispongan de un DNI/NIE. Los sistemas de identificación admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: Certificado electrónico reconocido de persona física o Cl@ve Permanente. Los sistemas de firma admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: AutoFirm@ y Cl@veFirma.
La
presentación de solicitudes MIR por vía electrónica conllevará la firma electrónica de la solicitud y el pago electrónico de la tasa de derechos de examen, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen. En relación a la presentación de los documentos acreditativos de los requisitos, deberá adjuntar la copia de los mismos en formato PDF. En el caso de que fuese necesario, el Ministerio de Sanidad podrá requerir la aportación de originales o copias auténticas de los documentos acreditativos a la persona firmante de la solicitud. Se recomienda a los futuros aspirantes que comprueben la validez de su certificado.
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Registro presencial de solicitudes: excepcionalmente admitido para las personas que no dispongan de un DNI/NIE, dado que no pueden disponer de un sistema de identificación electrónico permitido en España.
Las solicitudes así generadas se presentarán sin perjuicio de lo previsto en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de correos, y en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que las remitirán al Ministerio de Sanidad, a través del sistema de interconexión de registros (SIR). Algunas oficinas de registro requieren cita previa. Se recomienda consultar con antelación.
¿Qué documentación debo aportar para acreditar mis méritos académicos?
La copia de la certificación académica personal. Ésta habrá de incluir al menos, la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente y la media global del expediente académico en base 10, según lo establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Quiero optar al turno de personas con discapacidad: ¿qué documentación tengo que aportar?
En caso de no haber otorgado consentimiento para la verificación de datos marcando la casilla indicada a tal efecto en el modelo de solicitud (excepto para la comunidad autónoma del País Vasco y las Ciudades de Ceuta y Melilla, para las que no se puede realizar esta validación), deberá adjuntar a su
solicitud copia auténtica de la resolución de reconocimiento del grado de discapacidad expedida por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) u órgano competente de las comunidades autónomas.
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