¿Quién conforma el equipo de una guardia médica?


Las guardias médicas están conformadas por distintos profesionales sanitarios que van desde médicos adjuntos, residentes MIR hasta enfermeros y psicólogos. Además, por regla general, un facultativo ejerce de jefe de guardia coordinando las diferentes áreas del hospital. 

Jefe de guardia médica, ¿cuáles son sus funciones?


El jefe de guardia tiene distintas funciones a las que presenta el médico de guardia, que son fundamentales conocer. Destacan:
  • Velar y asegurar el correcto funcionamiento del hospital, siguiendo la normativa del mismo. En situaciones de emergencia, deberá tomar las decisiones que crea necesarias para solventar la situación.
  • Redactar el parte de incidencias del hospital.
  • Informar a los servicios de vigilancia epidemiológica si el caso lo precisa.
En cuanto a los residentes MIR en sus guardias siempre estarán acompañados por el médico adjunto. Pero, ¿es siempre la responsabilidad del médico adjunto? El derecho de tutela se mantiene durante todo el periodo de residencia, pero el RD 183/2008, que es el decreto que regula la relación laboral de los médicos con los MIR, estipula la responsabilidad en el caso de los R1, los cuales deben estar supervisados de forma física por un adjunto, el cual revisará las altas y bajas y la realización de las técnicas. A partir del nivel 1 de residencia, la responsabilidad se va adquiriendo de forma progresiva.

¿Cuántos equipos de guardia médica hay?


Según la normativa para la organización de las guardias de Medicina de Urgencias de la Comunidad de Madrid, se deben asignar de la siguiente forma:
  • Existe un equipo de guardias de MFyC y un equipo de guardias del resto de especialidades, que se coordinan entre sí. 
  • Los equipos de guardias pueden estar conformados por un residente de cada área (médico, quirúrgico, planta) 
  • El recambio del equipo de guardias puede producirse cuando la persona lo desee, siendo el periodo mínimo recomendable, de 3 meses.
Además, tal y como se regulada en el Real Decreto 866/2001, de 20 de julio, por el que se crean las categorías y modalidades de médicos de urgencia hospitalaria y de médicos de admisión y documentación clínica, los médicos de guardia también cuentan con funciones específiicas. Entre las que destacan las siguientes:
  • Informar al paciente y/o, en su caso, a sus familiares de su proceso clínico, exploraciones complementarias, tratamiento y actuaciones previstas así como de otros aspectos que afecten a la evolución del proceso.
  • Decidir y organizar, en condiciones idóneas, el traslado de los pacientes que lo precisen, desde el servicio de urgencias a otros hospitales con mayor cartera de servicios o cuando las circunstancias asistenciales lo aconsejen.
  • Supervisar el desarrollo del proceso asistencial y formativo del personal a su cargo.
  • Gestionar adecuadamente los recursos asignados en aras de una mayor efectividad y eficiencia.
También hay que tener en cuenta que no siempre en todas las comunidades autónomas las funciones de los médicos de guardia son las mismas. Es cierto que existen manuales y protocolos hospitalarios de uso interno en los distintos centros para regular con detalle el trabajo en urgencias, pero las comunidades autónomas también pueden dictar su propia normativa en este sentido.

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