El
coronavirus es un caso especial a la hora de determinar la
baja laboral. La mera indicación de
cuarentena por parte del médico, incluso siendo asintomático o por contacto con un caso positivo de coronavirus (aunque des negativo), supone el
derecho a una baja laboral. Esta baja laboral no se considera por accidente de trabajo, sino por
contingencias comunes y tiene unas condiciones especiales.
La baja por contingencias comunes por coronavirus se cobra de la Seguridad Social como si fuera una enfermedad profesional. Por tanto, se cobra el
75 por ciento del salario desde el primer al último día de baja. Para este proceso en particular no intervienen las mutuas.
Esto supone que la baja y el alta las da el
médico, no la
mutualidad. La orden de cuarentena daría lugar a la fecha de inicio de la baja, aunque el médico emita el parte de baja después. Este parte hay que entregarlo en la empresa como es habitual.
¿Puedo teletrabajar si tengo coronavirus asintomático?
Si has solicitado la baja laboral
no puedes trabajar aunque seas asintomático. Tampoco puedes teletrabajar, es incompatible con la baja laboral. Hacerlo supondría estar
defraudando a la Seguridad Social, ya que en los períodos de baja se suspende el contrato de trabajo y es esta entidad pública quien paga los salarios, no la empresa.
¿Qué diferencias hay entre una baja por coronavirus y una por accidente de trabajo?
No es lo mismo una baja por contingencias comunes que una baja por accidente de trabajo. En el caso de las bajas por accidente de trabajo, es la mutua, y no la Seguridad Social, quien paga el salario correspondiente durante toda su duración. A su vez, en tal caso s
on las mutuas quienes determinan el inicio de la baja y el alta. La paga sigue siendo del 75 por ciento durante todos los días de la baja.
También hay importantes diferencias entre una baja laboral por coronavirus y una
baja por contingencias comunes producida por enfermedades como la gripe. En las bajas por enfermedad común, no se cobra en los tres primeros días de baja. Entre el cuarto y el vigésimo día se cobra el 60 por ciento y a partir de ahí el 75 por ciento.
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