No le faltaba otra cosa a la profesión enfermera que situaciones en las que compararse y sentirse más agraviada todavía en relación con cuestiones de desarrollo disciplinar que ocupan y preocupan al colectivo enfermero. Por un lado, la polémica suscitada en torno a la prescripción enfermera. Por otro, la eterna cuestión de las especialidades de Enfermería.
Ambos asuntos van a dar lugar a situaciones en las que las enfermeras del Sistema Nacional de Salud en sus diferentes comunidades autónomas asistan atónitas al hecho de que compañeras de profesión en otros ámbitos profesionales puedan acceder a poder prescribir a través de un proceso distinto al que tienen que hacer ellas y en unas condiciones finales diferentes, a la vez que pueden acceder a especializarse en áreas totalmente inaccesible hasta ahora para el resto.
Esto es lo que puede pasar en el ámbito de la profesión de Enfermería en el Ejército, donde en el asunto de la prescripción el polémico Real Decreto 954/2015, deja abierta una vía para que las Fuerzas Armadas desarrollen al respecto su propia normativa. Ante ello cabe preguntarse ¿cómo va a ser esa norma? ¿Va a supeditar a la enfermera al médico como en la que nos viene ocupando y que ha sido el principal motivo de que esté recurrida por activa y por pasiva? ¿Van a necesitar las enfermeras volver a acreditar su formación en este ámbito e incluso vamos a tener que recibir más horas de formación de las que ya tienen en la carrera?
La otra situación vendría de la mano de que, también en el Ejército, se ofreciese la posibilidad de especializarse en Enfermería de Cuidados Médico-Quirúrgicos, cuyo programa formativo aún no está desarrollado por la Comisión Nacional de esta especialidad, y en la de Urgencias y Emergencias, que no existe en la rama civil en el conjunto de las contempladas en el Real Decreto 450/2005, de 22 de abril, sobre especialidades de Enfermería.
Sería sorprendente que algo así pudiese suceder, y ante ello alguien tendría que dar explicaciones, y muchas, de por qué en un ámbito sí y en otro no, de por qué en uno se exigen unas cosas y en otro no y de por qué en un sitio es con unas condiciones y en otro son otras.
No va a ser mi intención criticar ningún espacio en el que nuestra profesión tenga un adecuado desarrollo y reconocimiento pero sí que quiero reclamar y reivindicar para el ámbito civil el desarrollo que pueda tener Enfermería en las Fuerzas Armadas en tanto en cuanto nos sea beneficioso.
Si allí hay algo que se hace bien ¡hagámoslo en la vida civil también! Si es necesario, útil y conveniente en el Ejército ¡que lo sea también en el Sistema Nacional de Salud en sus diferentes comunidades autónomas! Decía Cervantes en El Quijote que donde una puerta se cierra otra se abre, y esperemos que abriéndose la del Ejército se abran otras también.
De ser así, al final vamos a acabar teniendo que recurrir a la expresión usada también en un pasaje de El Quijote de “con la Iglesia hemos dado” pero adaptada de forma positiva a estas dos situaciones profesionales teniendo como resultado la de “con el Ejército hemos dado”, no queriendo significar con ella ninguna connotación peyorativa como en el tópico literario cervantino, sino todo lo contrario, y ello en reconocimiento al hecho de haber conseguido un justo y adecuado desarrollo de la profesión que sí se daría en el Cuerpo de la Sanidad Militar en estos casos.
Nada me gustaría más que poder felicitarme porque nuestra profesión adquiera altas cotas de desarrollo en las Fuerzas Armadas, pero me gustaría también que eso tuviese una correlación en la totalidad de la profesión.
Enfermería es la misma profesión en un ámbito y en otro, con ciertas particularidades laborales que se puedan dar, pero la disciplina es la misma, los estudios son los mismos y su desarrollo como profesión de carácter público también debe serlo.