El reciente
caso de suicidio asistido de una mujer con esclerosis múltiple a cargo de su marido, ampliamente difundido a través de los medios de comunicación y redes sociales ha aflorado de nuevo el tema de la
regulación de la eutanasia. Desgraciadamente ello se ha producido en un momento tan poco adecuado para una necesaria reflexión sosegada, como es el prolongado periodo electoral en el que nos encontramos: unos meses a los que alguien ha definido,
no sin razón como un paréntesis en el noble arte de pensar.
"El simple anuncio de esta ley finalmente nonata, levantó opiniones contrapuestas, como no podía ser menoso"
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A mediados del pasado año publiqué en otro medio una c
olumna de opinión titulada '
Momento para la eutanasia' en la que ponía de manifiesto que aparentemente se daban las condiciones para que por fin, en la legislatura a la que se acaba de poner fin se aprobara una regulación legal para la eutanasia y/o el suicidio asistido.
Huelga decir que no ha sido así, lo que mantiene inalterada una situación que ya saltó con fuerza a la opinión pública hace 21 años con el caso de
Ramón Sampedro, pero que se ha mantenido inmune desde el punto de vista regulatorio pese a los evidentes cambios de mentalidad producidos en la sociedad española durante todo este tiempo.
El asunto entró en agenda parlamentaria hace alrededor de dos años, de la mano del grupo parlamentario
Unidos Podemos con una proposición de ley sobre la regulación de la eutanasia que, aunque rechazada en aquel momento, tuvo la virtud de introducirla en el debate político español, algo que ya entonces había sido reclamado nada menos que por siete parlamentos autonómicos.
Fue retomado hace un año al aceptarse una proposición de ley del Parlamento de Cataluña para reformar el código penal y despenalizar la eutanasia y el suicidio asistido, que esta vez parecía contar con mayoría parlamentaria y voluntad gubernamental, dos requisitos imprescindibles para que prospere al fin una iniciativa que ya entonces contaba con el dudoso mérito de haber sido rechazada previamente en el Congreso hasta en 16 ocasiones, y que
luego lo ha sido muchas más por la mesa del Congreso en una patente demostración de parálisis e inutilidad legislativa.
El simple anuncio de esta ley finalmente nonata, levantó opiniones contrapuestas, como no podía ser menos.
La Organización Médica Colegial se pronunció en contra, aunque uno de sus principales argumentos, las deficiencias e inequidad en los cuidados paliativos que reciben los españoles en sus últimas etapas de la vida (totalmente cierto), no parece que sea algo que deba afectar al deseo ni en mi opinión al legítimo derecho de determinados enfermos de acabar con su vida.
En todo caso este ha sido un argumento que se ha utilizado por algún partido para retrasar el debate legislativo sobre el tema que nos ocupa.
También se ha puesto sobre la mesa el concepto de la
“pendiente deslizante” (“slippering slope”), que plantea el temor de que una vez introducida la práctica de la eutanasia ésta se acabe aplicando de manera indiscriminada a un extenso número de enfermos,
un hecho no verificado hasta ahora en ninguno de los 6 países en los que está legalizada desde hace más tiempo.
En todo caso, otras
organizaciones médicas, como el Colegio de Barcelona se han mostrado más eclécticas, animando al debate sobre el tema al que en absoluto se oponen, aunque hacen hincapié en el déficit de paliativos antes comentado y añaden un punto fundamental: no se trata sólo de un asunto médico (que por supuesto también) sino sobre todo social y político y es a estas instancias a quien corresponde decidir tras los necesarios debates.
Y en todo caso dejar bien claro para los profesionales sanitarios cuales son las reglas del juego.
"El término eutanasia pasiva es del todo incorrecto: la eutanasia es siempre activa por causar directamente la muerteo"
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No creo necesario insistir aquí que no estamos hablando de conceptos que pudieran confundirse si no se conocen a fondo: ni la limitación del esfuerzo terapéutico ni la sedación terminal son formas de eutanasia, sino algo habitual e integrado en la atención médica del final de la vida dentro de una buena práctica clínica. El rechazo de tratamientos y soportes vitales, cuyo fin es reducir el sufrimiento en los momentos finales de la vida aunque puedan acortarla en horas o días, está recogido desde 2002 en la Ley de Autonomía del paciente y en absoluto puede considerarse eutanasia. El término eutanasia pasiva es del todo incorrecto: la eutanasia es siempre activa por causar directamente la muerte, o por facilitar los medios, y además siempre ha de ser voluntaria y con una petición consciente, informada, libre y reiterada por parte del paciente.
Cualquier legislación debe recoger estrictamente al menos estos puntos.
Todas las encuestas realizadas en la última década muestran un amplísimo respaldo de los ciudadanos españoles a que se regule la eutanasia para enfermos incurables, con datos que van del 77,5 por ciento del CIS al 84 por ciento de Metroscopia, con porcentajes incluso mayores entre los jóvenes y en todo caso siempre mayoritarios, también entre los votantes de partidos conservadores y en católicos practicantes o no. De igual manera, datos de The Economist en 2015 señalan que en Europa sólo Bélgica, Holanda y Francia muestran un apoyo a la eutanasia ligeramente superior al español y en los dos primeros ya está legalizada.
No es sorprendente esta actitud abierta de los españoles ante el final de la vida porque, entre otras cosas, coincide con la experiencia de los médicos especialistas en cuidados intensivos y que por ejemplo permitió hace ya una década el abordaje de la donación de órganos en parada cardiocirculatoria con una amplísima aceptación social y médica, sin el más mínimo problema.
En el caso de la eutanasia la sociedad española va muy por delante de sus legisladores y ya es hora de poner fin a esta situación anómala.
"En el caso de la eutanasia la sociedad española va muy por delante de sus legisladores"
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Por si fueran pocas las razones para legislar sobre la eutanasia, el hecho de que de los países que la tienen autorizada al menos en Suiza sea ya posible obtenerla para quienes dispongan de contactos y medios adecuados, nos retrotrae a los años en que existía una situación similar con los viajes a Londres para la interrupción del embarazo, algo ya afortunadamente superado.
Tan necesaria como una buena atención sanitaria y sociosanitaria en vida para nuestros ciudadanos
, es preciso un enfoque integral del buen morir que comprenda un soporte legal, material y social adecuados para proporcionar los cuidados paliativos cuando proceda a todo aquel que lo necesite, pero en el que también se incluya el derecho a la eutanasia adecuadamente regulada.