Poder ser una mujer médica es algo que se ha logrado con el esfuerzo de muchas mujeres que nos precedieron en el pasado; que lucharon para poder ejercer su vocación de ayuda a los demás en épocas en las que la mujer tenía muy pocos o directamente ningún derecho.

Aún hoy, en pleno siglo XXI, en países como Afganistán se ha prohibido a las mujeres el acceso a la formación en escuelas, institutos y universidad.


"A pesar de que las mujeres tenemos el derecho a ser médicas en nuestro país, compaginar nuestra vida laboral con nuestra vida familiar es una misión casi imposible"



Mas, a pesar de que las mujeres tenemos el derecho a ser médicas en nuestro país, compaginar nuestra vida laboral con nuestra vida familiar es una misión casi imposible.

Una futura médica llega a la universidad con 18 años. Finaliza sus estudios académicos a los 24 años como mínimo. Prepara el examen MIR durante casi un año y desarrolla su Formación Sanitaria Especializada en 4 o 5 años, dependiendo de la especialidad escogida. Es decir, se forma durante un mínimo de 30 años, a los que habrá que sumar los años de formación continuada y actualización constante de conocimientos y habilidades.

Pero tras los años mínimos de formación, la médica se enfrenta a la precariedad y los contratos temporales. Desde que es residente tiene turnos de 24 horas, que se mantienen cuando es adjunta.

Ser médica y madre


Con una vida laboral de jornadas interminables y muy exigentes, una médica se planteará la maternidad -mayoritariamente- sobre los 35 años o más, cuando disponga de cierta estabilidad en el empleo y consciente de que todavía seguirá enfrentándose a jornadas laborales maratonianas.

En el embarazo, las guardias suponen un problema; y conforme avanza el estado de gestación, estas jornadas de atención continuada se convierten en una carga insostenible y de peligro para su salud y la de su bebé. Sin embargo, este riesgo se reconoce cuando la gestación está muy avanzada, oscilando entre la semana 32 a la 36 de embarazo, dependiendo de la Comunidad Autónoma en el que se ejerza y del puesto de trabajo que se desarrolle.

En estas semanas de embarazo, la médica sigue atendiendo pacientes con todo tipo de enfermedades infecciosas y pasa largas horas de pie, sin descanso.

Cuando la médica solicita una readaptación del puesto de trabajo por motivo de su embarazo, habitualmente deja de hacer jornada complementaria, es decir, las guardias, las cuales asume el resto del servicio dado que no suele ser sustituida. Esto genera conflictos porque supone una sobrecarga para los compañeros.

A pesar de ser una situación protegida, el cobro del prorrateo de guardias en el embarazo, lactancia, maternidad, paternidad, así como los conceptos de turnicidad, festividad y nocturnidad no se cobran en todas las comunidades autónomas, como tampoco se perciben en caso de baja por enfermedad. Ni tan siquiera las enfermedades más graves dan lugar a estas retribuciones de forma consensuada en el Sistema Nacional de Salud. En muchas ocasiones, son los tribunales los que reconocen este derecho, a pesar de que la Ley de Riesgos Laborales recoge -desde hace décadas- que la maternidad, paternidad, incluyendo embarazo, lactancia, etc. no pueden dar lugar a situaciones de discriminación de ningún tipo.

Cuando finaliza un contrato en una situación protegida y se les ofrece otro, no se les da de alta en el contrato hasta que no se incorporan en el mismo; sino que solo se produce una asimilación al alta en Seguridad Social que no da derecho a retribución alguna y cuya cotización no se corresponde con la categoría profesional, algo que los Sindicatos Médicos CESM seguimos reclamando.

Ayudas para madres médicas y padres médicos


Si nos preguntamos si existen ayudas a la maternidad/paternidad para los médicos y las médicas, la respuesta es que “sí pero mucho menos de las necesarias”. Tras la baja maternal y paternal existe la opción de una excedencia por cuidado de hijos que te aleja del puesto de trabajo y de la posibilidad de progresión profesional por un tiempo. La excedencia básicamente es solicitada por las mujeres en un porcentaje mucho más alto que los hombres.

Las alternativas a la excedencia no está pensada para el médico o la médica. Se permite reducir la jornada por cuidado de hijos, pero solo y exclusivamente en la jornada ordinaria. Sin embargo, la Ley no contempla la reducción de la jornada complementaria -las guardias- y esta regulación queda al arbitrio de cada servicio de salud, existiendo grandes diferencia incluso dentro de la misma Comunidad Autónoma en que se ejerza o dentro del mismo centro sanitario.

Como vemos el margen de mejora es amplísimo frente a otros países donde se impulsa la natalidad. En España, y en concreto en el Sistema Nacional de Salud, nos encontramos con que tener hijos es una carrera de obstáculos. Hay temas que nunca se abordan, como el teletrabajo. Tampoco se habilitan guarderías para el personal de hospitales y centros de salud. Cuando hablamos de una pareja de la misma categoría profesional, tendrán que ponerse de acuerdo durante años para que uno de los dos cuide de los hijos, lo que supone más tiempo de separación de la pareja. No existe la opción voluntaria del sistema de turnos, en lugar de las guardias 24 horas para los médicos.

En resumen, si miramos atrás, el camino para llegar aquí ha sido muy largo desde que la mujer consiguiese el acceso a los estudios de Medicina; el derecho a la baja maternal, o el simple derecho a que te guarden un contrato cuando no te puedes incorporar al mismo por encontrarte en una situación protegida. Pero todavía nos queda por recorrer un camino igualmente largo. Nuestro objetivo tiene que ser la plena conciliación de la vida laboral y familiar para cualquier sanitario. Desde la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos CESM no pararemos hasta conseguirlo. Juntos trabajaremos para que el camino que queda por delante sea más corto y llevadero.