Se puede dar la circunstancia de que como profesional sanitario ejerzas en dos provincias diferentes. En ese caso,
¿en cuál deberías matricularte? Pues, llegado el momento, la respuesta es sencilla:
en aquella provincia donde desarrolles tu actividad principal. Y esto es así por imperativo legal.
“Cando una profesión se organice por colegios territoriales, bastará la incorporación a uno solo de ellos, que será el del domicilio único o principal, para ejercer en todo el territorio español”, según lo refleja el
artículo 3.3 de la Ley 2/1974, de 13 febrero, sobre Colegios Profesionales, y tal y como se mantiene en el texto consolidado del 7 de julio de 2012.
Más lógico y cómodo
Esto debe ser siempre así no sólo para respetar la legalidad, como es de esperar, sino también por una cuestión de sentido común. Es
más lógico, práctico y cómodo estar colegiado donde se ejerce la actividad profesional.
De este modo, se podrá
disfrutar más fácilmente de los servicios que ofrecen los Colegio, como cursos presenciales, asesoría jurídica, reuniones informativas importantes o comunicaciones relevantes desde el propio ámbito laboral.
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