El valenciano no será un requisito obligatorio para poder ejercer en la sanidad pública. Así lo han decidido las consellerias de Justicia, Interior y Administración Pública, y de Educación, Cultura y Deporte, competentes en esta materia, y las cuales se encuentran desarrollando el decreto para la regulación de la acreditación de la competencia lingüística en valenciano, como
requisito de participación en los procedimientos selectivos en el ámbito de la ocupación pública.
Según han confirmado fuentes de la Generalitat a
Redacción Médica, tanto el personal docente como el personal sanitario quedarán exentos de acreditar un determinado nivel de valenciano, aunque, eso sí,
seguirá siendo un mérito a valorar para poder optar a una plaza en la sanidad regional. De hecho, tal y como adelantó este diario, la Conselleria de Sanidad planea que la lengua autonómica puntué el triple que una tesis doctoral en las OPE.
Según el documento de la propuesta, el valenciano será un mérito que
puntuará hasta un máximo de 15 puntos de un total de 30 en el apartado de “otros méritos” contemplado en el baremo. Sin embargo, la puntuación máxima por un doctorado es de 5 puntos.
En total,
los méritos alegados podrán alcanzar los 100 puntos, por lo que el conocimiento de la lengua autonómica puede suponer hasta el 15 por ciento de la puntuación. Mientras tanto, contar con una tesis doctoral, un máster o formación en otra especialidad sanitaria distinta a la requerida sumará 5 puntos por cada uno, con un máximo de 10 puntos.
Requisito del valenciano en empleos públicos
El decreto en el que trabajan las consellerias de Justicia y Educación, y que exime a Sanidad, despliega para las convocatorias de oposiciones de la Administración de la Generalitat, los organismos públicos autonómicos, los consorcios adscritos a la Generalitat, las entidades locales y el personal no docente de las universidades públicas de la Comunitat Valenciana.
El decreto, que desplegará la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, regulará los grados de capacitación lingüística en valenciano para cada categoría funcionarial, con el fin último de dar un servicio óptimo a la ciudadanía desde las administraciones públicas valencianas. De este modo, se equipara la competencia lingüística en ambas lenguas oficiales para la atención al ciudadano y de tramitación administrativa por parte del personal que ejerce la función pública.
Los grados de capacitación de cada cuerpo de funcionarios está consensuado. Las personas que concursen para opositar al nivel de funcionarios A1 y A2, es decir, altos funcionarios con estudios universitarios, deberán contar con un nivel C1 de valenciano; las personas aspirantes al grupo B funcionarial deberán tener un nivel B2 de valenciano; las que aspiren al subgrupo C1 deberán contar un nivel de capacitación de valenciano B2, y las del subgrupo C2, con un nivel de valenciano de B1. Finalmente, las personas que aspiren a una agrupación profesional funcionarial deberán contar con el certificado A2 de valenciano.
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