La
Comunidad de Madrid contará este jueves, previsiblemente, con su nueva Ley de medidas urgentes para impulsar la actividad económica y la modernización de la administración, conocida como
Ley Ómnibus, tras su aprobación en la Asamblea regional. Se trata de una norma, impulsada desde la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, pero en la que han participado el resto de departamentos, como Sanidad, y que recoge l
a creación de categorías estatutarias del Servicio Madrileño de Salud (Sermas) y el cambio de denominación propuesto para otras.
Con este movimiento, “
se pretende la incorporación de nuevas profesiones, así como profesionales capacitados y especializados que cuenten con las titulaciones oportunas y
que cubran las nuevas demandas asistenciales”, según explica la memoria ejecutiva que acompaña a esta ley. En concreto, se extinguen las categorías estatutarias de Técnico Especialista de Radiodiagnóstico y Técnico Especialista en Medicina Nuclear como consecuencia de la creación de una nueva categoría de
Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear, que engloba a los profesionales de ambas y permite su integración en esta última.
Gracias a esta medida,
se consiguen cubrir las competencias, necesidades y demandas, que van surgiendo en el sistema sanitario, con nuevas titulaciones, “a fin de adaptarlas a los nuevos servicios implantados y a la evaluación de las prestaciones”. Asimismo, adecúa los nombres de algunas categorías a las nuevas titulaciones exigidas para su desempeño.
Creación de la Agencia de Contratación Sanitaria
Esta es una norma que también contempla la creación de la
Agencia de Contratación Sanitaria, un ente que centralizará las contrataciones de diferentes órganos de gestión sanitaria, como una central de contratación.
La necesidad de crear esta nueva entidad surge para “
uniformar las contrataciones de suministros, bienes y servicios, la conveniencia de implementar el instrumento jurídico apropiado a fin de mejorar la eficiencia y eficacia en la contratación sanitaria y optimizar los recursos públicos, aconsejan la creación de este ente de derecho público”, tal y como queda reflejado en la citada memoria ejecutiva.
Se trata, a fin de cuentas, de un organismo que “
mantiene el rigor y el control de los fondos públicos, aportando la mayor flexibilidad posible a los procesos de gestión para que este nuevo ente pueda actuar con la celeridad y flexibilidad”. También posibilita
“una mejor y más ágil gestión de las necesidades del Servicio Madrileño de Salud”, como mantener el control de dicha actividad a través de un control financiero permanente, junto con “el sometimiento de su actividad a la normativa que sobre transparencia le resulta de aplicación”.
Para la Consejería de Sanidad, las ventajas de la creación de la Agencia de Contratación Sanitaria son:
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Unificar los procedimientos de compra de bienes y servicios.
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Unificar los productos, servicios y precios.
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Tener capacidad para comprar en el extranjero con menos dificultades de gestión y mejor conocimiento.
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Obtener economías de escala con la consiguiente repercusión en el precio y en las condiciones de entrega de los proveedores.
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Disminuir pérdidas por obsolescencia.
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Acortar plazos de compra.
Por otro lado, la pandemia por el Covid-19 “ha demostrado y evidenciado la necesidad de que la Comunidad de Madrid, ante cualquier situación de catástrofe, crisis o emergencia, se dote de un mecanismo jurídico ágil y seguro, que le permita acudir a los mercados internacionales, en orden a la
adquisición de aquellos medicamentos, productos, servicios o equipos sanitarios dirigidos a preservar la salud de las personas y asegurar la gestión de una reserva estratégica de bienes. servicios y suministros”.
La Ley Ómnibus, en el ámbito sanitario, también pretende
incorporar a aquellos que han completado su preparación especializada vía MIR, es decir, a través de las convocatorias oficiales del Ministerio de Sanidad de oferta de plazas. Pero, además, se podrá aplicar para profesionales que hayan obtenido la homologación oficial del título de licenciado en Medicina y el título de especialista, expedidos por e
l Ministerio de Educación y el de Sanidad, respectivamente. Su exclusión implicaría caer en la ilegalidad de no
reconocer un título a todas luces válido en España para ejercer la Medicina, como se remarca en el informe de la Consejería de Sanidad expuesto al Gabinete autonómico.
La falta de profesionales sanitarios, se añade en él, es un problema que afecta a todas las comunidades autónomas y es competencia del Ministerio de Sanidad
la puesta en marcha de iniciativas que mitiguen este déficit. No obstante, la Comunidad de Madrid, desde su responsabilidad, está impulsando las medidas necesarias para que se puedan cubrir todas las plazas vacantes, principalmente en aquellas especialidades deficitarias, y con las debidas garantías.