Los acompañantes y visitas de pacientes ingresados deberán presentar el certificado de vacunación o una prueba negativa

La Justicia gallega aprueba el pasaporte covid en los hospitales
Hospital de A Coruña.


19 nov. 2021 13:10H
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El pasaporte covid será obligatorio tanto para las visitas como para los acompañantes de los pacientes ingresados mayores de 12 años en los hospitales gallegos. Así lo ha autorizado Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (Tsxg) como "medida preventiva de seguridad sanitaria".

Tal y como ha informado el Tsxg, la medida tendrá efecto a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, y hasta la última hora del 4 de diciembre. Una medida que, según han puntualizado los propios magistrados, cumple “la función de evitar contagios y de minimizar los riesgos". De este modo, los jueces señalan que se trata de una medida justificada debido a la situación epidemiológica actual de Galicia, adoptar "medidas que permitan conciliar la posibilidad de que el paciente reciba visitas y esté acompañado con la necesidad de evitar contagios".

En esta línea, desde el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia puntualizan que es "una evidencia científica" que la transmisión del Covid-19 entre los vacunados es "mucho menor a la de los no vacunados", por lo que rechazan que la exhibición del certificado de vacunación, recuperación o prueba negativa constituya "un sacrificio desproporcionado" para los visitantes o acompañantes de los enfermos.

En el caso de que no se cuente con el pasaporte covid, desde el Tsxg se ha señalado que la Consellería de Sanidade ofrece una alternativa a las personas que no estén vacunadas, pues se les permitirá el acceso si se someten voluntariamente a una prueba diagnóstica realizada en el hospital.

¿Qué medidas de control se implementarán en los hospitales gallegos?


La solicitud del pasaporte covid tiene como objetivo controlar el acceso de personas a espacios cerrados de los hospitales en los que se pueden agrupar "factores que aumentan el riesgo de transmisión del virus", pues en ellos "se establecen contactos próximos y prolongados entre los pacientes y sus acompañantes y las visitas, en ocasiones en habitaciones compartidas con otras personas ingresadas, incluso con la posibilidad de pernocta", añade.

Además, indica que en esas dependencias se realizan actividades en las que es necesaria la retirada de la mascarilla o "existe dificultad para su uso correcto", explica el TSXG, al tiempo que subraya que la Xunta trata de "garantizar la seguridad sanitaria" y de "disminuir el riesgo de contagio en este tipo de establecimientos".

El tribunal también puntualiza que la orden limita la exhibición de la documentación a los centros donde los pacientes están hospitalizados, pues "excluye expresamente otros espacios como consultas hospitalarias o servicios de urgencias, ya que en ellos no se produce una estancia prolongada, con el consiguiente riesgo de transmisión del virus".
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